Disposición 16.

Fecha de disposición02 Julio 2018
Fecha de publicación02 Julio 2018
SecciónDisposiciones

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Disposición 16/2018

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2018

Visto el Expediente EX-2017-16387484-APN-DNTYA#SENASA, del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 500 del 22 de agosto de 2003, del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y la Disposición Nº119 del 19 de julio de 2007 de la ex DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION AGROALIMENTARIA del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 500/2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se creó el Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos.

Que las autoridades competentes provinciales y municipales aplican en sus respectivas jurisdicciones reglamentos propios que norman el control de las condiciones de almacenamiento, uso y correcta disposición final de residuos remanentes y envases de agroquímicos y biológicos, así como el control de la aplicación, de los equipos de aplicación y de los aplicadores de tales productos.

Que con el fin de optimizar la asignación de recursos y la eficacia de las actividades operativas, es preciso evitar la superposición de acciones, reformulando los objetivos y las actividades del Sistema en el marco de las competencias específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD y CALIDAD AGROALIMENTARIA como así también proponer los requisitos y gestionar las actividades del Sistema en el marco de la Ley 27233.

Que para ello corresponde modificar el Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos, en cuanto a los alcances de sus objetivos y acciones.

Que la DIRECCION NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ha evaluado, a través de la DIRECCION DE HIGIENE E INOCUIDAD EN PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL Y PIENSOS, la factibilidad de tal modificación.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 3° de la Resolución N° 500 del 22 de...

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