Disposición 16.

Fecha de disposición09 Junio 2016
Fecha de publicación09 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 16/2016

Bs. As., 31/05/2016

Visto lo informado por la Prefectura de Zona Río de la Plata, lo analizado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Marítima N° 05/81 establecía la zona de espera para el embarco y desembarco de prácticos en el Río de la Plata, motivado en su momento por el retiro del Estacionario Intersección.

Que la Ordenanza Marítima N° 04/81 disponía en su artículo 2° la delimitación de la "Zona de Alijo" para aquellos buques que deban ser alijados en el Río de la Plata.

Que la instalación del gasoducto subfluvial desde Punta Lara (R.A.) a Santa Ana (R.O.U.) llevada a cabo por la Empresa "GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A." motivó, mediante Disposición SNAV, NA9 N° 21/03, la modificación de la "Zona de Espera de Practicaje" y "Zona de Alijo", las cuales conformaban un área de 26,4 millas náuticas cuadradas aproximadamente.

Que la extensión del Canal de Acceso al Puerto de La Plata desde el Km. 7,700 hasta el Km. 12,000 y la prolongación de un corredor natural hasta el Km. 52,000 Rada Exterior para permitir el ingreso seguro de los buques a dicho canal, ocasionó la pérdida de un área de fondeo de aproximadamente 4,2 millas náuticas cuadradas.

Que dicha obra produjo la división de la Zona de Espera de Practicaje en dos sectores, uno al Oeste del Canal (12,2 millas náuticas cuadradas) y otro al Este del mismo (9.6 millas náuticas cuadradas) aproximadamente, afectando a los buques que operan en los puertos de La Plata, Buenos Aires, Dock Sud y La Boca, así como también a los que provienen de o se dirijan a puertos argentinos de la Cuenca del Plata.

Que desde el 17 de febrero del año 2014 se encuentra en vigencia la "Zona de Fondeo y Espera de Practicaje" en aguas del Río de la Plata de Jurisdicción Nacional, fijada mediante Disposición de la Prefectura de Zona Río de la Plata.

Que cumplidos dos años desde la implementación de la misma y efectuado un minucioso análisis, se ha observado, que pese a la reducción de su espacio físico, la sectorización interna de la actual zona ha permitido el fondeo de buques, en cantidades similares a años anteriores, pero de mayores dimensiones.

Que la óptima sectorización interna acorde el tipo de buque, facilitaría las operaciones de bunker o carbonera en todos los sectores, lográndose una asertiva gestión del tráfico, garantizando un flujo continuo y expedito de la vía...

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