Disposición 158/2019

Fecha de publicación22 Abril 2019
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIA
Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-13971800- -APN-DGD#MPYT, y sus Expedientes Asociados Nros. EX-2019- 16948776- -APN-DGD#MPYT y EX-2019-17025614- -APN-DGD#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N° 331 de fecha 11 de mayo de 2017, se establecieron alícuotas reducidas del Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del CINCO POR CIENTO (5 %), DOS POR CIENTO (2 %) y CERO POR CIENTO (0 %), para la importación de determinados vehículos automóviles híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno), completos, tanto totalmente armados (CBU), como semidesarmados (SKD) y totalmente desarmados (CKD), respectivamente, por un periodo de TREINTA Y SEIS (36) meses y un límite máximo de SEIS MIL (6.000) unidades.

Que, a través de la Resolución N° 536 de fecha 18 de julio de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y su modificatoria, se establecieron los requisitos y demás formalidades que deberán observar las empresas terminales interesadas en importar los vehículos alcanzados por el Decreto N° 331/17, con la reducción arancelaria allí establecida, así como el procedimiento y los criterios para la asignación de los cupos respectivos por parte de la ex SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, en tal sentido, el Artículo 3° de la citada Resolución estableció que la distribución del cupo previsto en el Decreto N° 331/17, se realizará en forma trimestral a computarse desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la misma, tomando en consideración todas las solicitudes presentadas hasta la fecha límite de se disponga en cada caso. El remanente del cupo no utilizado en el trimestre correspondiente, se acumulará para su asignación en el trimestre subsiguiente.

Que, mediante la Disposición N° 4 de fecha 18 de enero de 2019 de la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se distribuyó el cupo de vehículos automotores híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (Hidrógeno) que podrán ser importados con la reducción arancelaria prevista en el Decreto N° 331/17, correspondiente al período comprendido entre los días 21 de enero y 20 de abril de 2019, y que corresponde ahora la distribución del cupo de QUINIENTAS (500) unidades previsto en el Decreto N° 331/17, correspondiente a su octavo trimestre, que se extenderá entre los días 21 de abril y 20 de julio de 2019...

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