Disposición 154/2020

Fecha de publicación15 Julio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-18940370- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Nº 24.922, modificada por sus similares Nros. 25.470 y 26.386, los Decretos Nros. 748 de fecha 14 de julio de 1999, 561 de fecha 6 de abril de 2016, 1.273 de fecha 19 de diciembre de 2016 y 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, la Decisión Administrativa Nº 324 de fecha 14 de marzo de 2018, la Resolución N° RESOL-2019-48-APN-SECAGYP#MPYT de fecha 19 de marzo de 2019 modificada por su similar Nº RESOL-2019-62-APN-SECAGYP#MPYT de fecha 27 de marzo de 2019 ambas de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Federal de Pesca N° 24.922 y sus modificatorias le asigna a la Autoridad de Aplicación las funciones de conducir y ejecutar la política pesquera nacional, regulando la explotación, fiscalización e investigación; elaborar y/o desarrollar sistemas de estadística de la actividad pesquera y establecer e implementar los sistemas de control necesarios y suficientes de modo de determinar fehacientemente las capturas en el mar territorial y la Zona Económica Exclusiva y desembarcadas en puertos argentinos habilitados y el cumplimiento y veracidad de las declaraciones juradas de captura; entre otras.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 324 de fecha 14 de marzo de 2018, se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA asignándole a la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, entre sus acciones, la de supervisar la elaboración y desarrollo de sistemas de datos de la actividad pesquera marítima.

Que en dicho contexto, en el ámbito de la referida Dirección Nacional se vienen utilizando diversos sistemas informáticos, como el Sistema General de Pesca (SISGRAL), el Sistema Centralizado de Administración Pesquera Nacional (SCAPN) y el Sistema Integrado de Información de Pesca (SIIP), que han permitido a las distintas áreas, almacenar, sistematizar y articular la información concerniente a la actividad pesquera que dentro del marco de sus competencias administran; además del SISTEMA FEDERAL DE INFORMACIÓN DE PESCA Y ACUICULTURA (SiFIPA), plataforma externa recientemente desarrollada.

Que contar con CUATRO (4) sistemas informáticos redunda en un exceso de aplicativos para el almacenamiento, gestión y sistematización de la información...

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