Disposición 1536. DI-2018-1536-APN-ANMAT#MSYDS - Productos alimenticios: prohibición de comercialización.

Fecha de disposición08 Noviembre 2018
Fecha de publicación08 Noviembre 2018
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 1536/2018

DI-2018-1536-APN-ANMAT#MSYDS - Productos alimenticios: prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2018

VISTO el EX-2018-51442938-APN-DFVGR#ANMAT; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician a raíz de que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) informa las acciones realizadas en relación a los productos: "Granas rojo payaso", RNPA N° 27-21-111315; "Granas rosa suave", RNPA N° 27-21-111313; "Granas azul marino", RNPA N° 27-21-111286; "Granas amarillo girasol", RNPA N° 27-21-111226; "Granas blanco nieve", RNPA N° 27-21-111227; "Granas verde natural", RNPA N° 27-21-111314; "Granas marrón chocolate", RNPA N° 27-21-112178; todos marca DecoTorta que exhiben en sus rótulos el atributo y logo "Sin TACC", RNE N° 21-085051, fraccionados en RNE N° 21-114296, domicilio: Avenida de la Paz N° 2679, localidad: Roldán, provincia de Santa Fe, que no cumplen la legislación alimentaria vigente.

Que atento a ello, por Orden N° 49 - ASSAl establece la alerta alimentaria y ordena la prohibición de elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final de dichos productos.

Que asimismo, informa que el RNE N° 21-114296 está inscripto y activo en ese organismo desde el 30/11/2016 bajo la razón social Christian Hufnagel.

Que además indica que por Acta Multifunción Provincial (AMP) N°20222 intervino en el RNE citado, rótulos de dieciocho productos de los cuales seis indican en sus rótulos el logo "sin TACC".

Que por AMP N° 20223 intervino diez productos de los cuales cinco indican en sus rótulos el logo "Sin TACC" y por AMP N° 20224 estableció la suspensión del fraccionamiento/comercialización de los productos consignados en las AMP citadas por carecer de registro de fraccionamiento, envasado y despacho y de productos.

Que la ASSAl expresa que por Acta de Toma de Muestra (ATM) Nros. 7827,7829-7833 y 7266 se tomaron muestras de los productos: granas rojo payaso, granas rosa suave, granas azul marino, granas amarillo girasol, granas blanco nieve, granas verde natural y granas marrón chocolate, todos marca DecoTorta, fraccionados en el RNE N° 21-114296.

Que los Informes de laboratorio...

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