Disposición 146/2020

Fecha de publicación24 Junio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorSECRETARÍA GENERAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 20/06/2020

VISTO los expedientes EX-2020-29814126- -APN-CGD#SGP y EX-2020-32677206- -APN-CGD#SGP, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 409 de fecha 18 de marzo de 2020 y 472 de fecha 7 de abril de 2020, las Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nros. 48 de fecha 19 de marzo, 53 de fecha 8 de abril y 55 de fecha 22 de abril todas ellas del año 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones mencionadas en el visto tramitan las Contrataciones por Emergencia COVID-19 Nros. 1/20 Y 2/20, gestionadas bajo los procesos de compra Nros. 23-0025-CDI20 y 23-0029-CDI20 respectivamente, las cuales tienen por objeto la “adquisición por emergencia de elementos de desinfección, cuidado y/o protección personal e instrumental médico tanto para el personal administrativo como para el personal de la salud, pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, conforme la solicitud realizada por la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL, la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL PERSONAL y la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACION Y SERVICIOS, todas ellas áreas dependientes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), y se facultó a la Autoridad Sanitaria, entre otras atribuciones, a “efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información estratégica de salud, sin sujeción al régimen de contrataciones de la administración nacional.”

Que con fecha 17 de marzo de 2020, se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287, por el cual se intensificaron las medidas implementadas por su similar N° 260/20, atento a la evolución de la pandemia, y en su artículo 3° incorporó como artículo 15 ter al Decreto Nº 260/20, el siguiente texto: “ARTÍCULO 15 TER: Durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156 estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos. En todos los casos deberá procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial.”.

Que, asimismo, por el artículo citado en el considerando precedente se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer los principios y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada.

Que en el marco de dicha competencia se emitió la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020, por la cual se estableció el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en el marco de la emergencia plasmada en el citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, limitándose su utilización –exclusivamente– a las contrataciones de bienes y servicios requeridos en el marco de la pandemia COVID-19.

Que, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en ejercicio de facultades conferidas por el artículo 9º de la Decisión Administrativa Nº 409/20, emitió la Disposición Nº 48 de fecha 19 de marzo de 2020, complementando el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia establecido oportunamente.

Que, con posterioridad, fue emitida la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-472-APN-JGM, de fecha 7 de abril de 2020, cuyo artículo 1º dispone que en los procesos de compra que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco del Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios, establecido por la Decisión Administrativa N° 409/20, no podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los Precios Máximos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/20 o aquellos que se dispongan en el futuro.

Que, en sintonía con ello, con fecha 13 de abril de 2020 entraron en vigencia los cambios introducidos a la Disposición ONC Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM por su similar Nº DI-2020-53-APN-ONC#JGM, de fecha 8 de abril de 2020, con el objeto de aumentar el control sobre las contrataciones de emergencia en las compras de suministros realizadas por el Estado Nacional, mediante el establecimiento de precios máximos, así como también criterios para la...

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