Disposición 14/2021

Fecha de publicación02 Febrero 2021
SecciónDisposiciones
EmisorARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2021

VISTO el expediente electrónico EX-2020-49787766- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Ingeniería Clínica solicitó la inmediata REPARACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE CUATRO (4) MAQUINAS DE ANESTESIA POR COVID-19, enfocándose en alcanzar una rápida puesta en servicio de algunas de las existentes Máquinas de Anestesia del lote total de equipos que posee el hospital, que presentan distintos tipos de fallas y averías en distintos subsistemas. La necesidad primaria es mantener, al menos por el lapso que se extienda la pandemia por COVID-19, un mínimo de Maquinas de Anestesia disponibles para casos de emergencia para los servicios que intervienen quirúrgicamente como Cirugía, Hemodinamia y Obstetricia, es decir a pesar de haber desafectado las intervenciones programadas, no se puede prescindir de estos sistemas, que son uno de núcleos más relevantes de una intervención quirúrgica y sostén de vida, para los casos de emergencia de pacientes e imponderables que no admiten ser sorteados para pacientes con cualquier patología.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20).

Que, a las diez horas del día 13 de agosto de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.

Que se puso en conocimiento el acta de apertura a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que, a la fecha, los oferentes no registran sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la Ley Nº 26.940.

Que el oferente CEGENS S.A. CUIT 30712509127 no posee deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP.

Que en forma previa al libramiento de la orden de pago deberá verificarse la inexistencia de deudas tributarias o previsionales de acuerdo a la normativa aplicable.

Que se consultó...

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