Disposición 1349/2019

Fecha de publicación21 Octubre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorPREFECTURA NAVAL ARGENTINA


Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2019

Visto lo informado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación y,

CONSIDERANDO:

Que es función de la Prefectura Naval Argentina dictar las Ordenanzas relacionadas con las leyes que rigen la navegación de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5º, inciso a), apartado 2 de la Ley Nº 18.398;

Que a fin de ampliar el esquema reglamentario que rige las actividades náutico-deportivas, es necesario dictar normas complementarias a los artículos del Capítulo 02 del Título 4 del REGINAVE;

Que la Ordenanza Nº 1/18 (DPSN) “NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL CAPÍTULO 02 DEL RÉGIMEN DE LAS ACTIVIDADES NÁUTICO-DEPORTIVAS DEL TÍTULO 4 DEL REGIMEN DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, FLUVIAL Y LACUSTRE - REGINAVE” como Agregado Nº 1 y con sus Anexos, derogó a las Ordenanzas Marítimas Nº 1/73, 23/74 y Ordenanza Nº 6/99, Disposiciones y demás instrumentos que entendían y regulaban la navegación deportiva;

Que teniendo en cuenta los avances tecnológicos que se vienen sucediendo a lo largo del tiempo, es preciso actualizar la normativa que regula la actividad náutico-deportiva con nuevas herramientas informáticas a fin de facilitar a la persona humana la posesión del Certificado Náutico Deportivo (CND) en todo momento, a través de medios electrónicos con capacidad de conectividad a la red de internet;

Que el Decreto Nº 87 de fecha 2 de febrero de 2017 (B.O. 03/02/17) creó la Plataforma Digital del Sector Público Nacional con el fin de facilitar la interacción entre las personas humanas y el estado, unificando estrategias de servicios y tramites, facilitando a través de herramientas electrónicas el acceso a credenciales digitales;

Que conforma la mencionada plataforma digital el perfil digital del ciudadano “Mi Argentina”, desde donde se implementan, entre otros, las credenciales digitales del ciudadano;

Que a través de esta aplicación, esta Autoridad Marítima podrá verificar in situ, la posesión, vigencia y autenticidad del correspondiente Certificado Náutico Deportivo (CND) que habilita al ciudadano a conducir una embarcación, en aguas de Jurisdicción Nacional, acorde a su habilitación;

Que en tal sentido, resulta indispensable crear un formato “Digital” del Certificado Náutico Deportivo (CND), de similares características al estipulado en el Artículo 7.6 y el Anexo “F” del Agregado N° 1 a la Ordenanza Nº 1/18 (DPSN);

Que la digitalización del Certificado Náutico Deportivo (CND), tiene como objetivo primordial facilitar al ciudadano portar la habilitación...

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