Disposición 127-E.

Fecha de disposición06 Diciembre 2017
Fecha de publicación06 Diciembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 127-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2017

VISTO el Expediente Nº 1.769.995/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/10 del Expediente mencionado precedentemente, luce el Acuerdo concertado entre la FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN Y TÉCNICOS ARGENTINOS \u2013FOPSTTA- y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A, conforme lo normado la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 257/97 "E", las partes intervinientes en estos obrados han concertado dicho Acuerdo, mediante el cual convinieron un incremento salarial y demás beneficios dentro de los lineamientos allí especificados, con vigencia de un año a partir del 1° de julio de 2017 y hasta el 30 de junio de 2018.

Que ello así, cabe destacar que, el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 257/97 ha sido celebrado en su momento por la Federación gremial actuante en estos obrados y la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A SOCIEDAD ANÓNIMA junto a otras empresas de telefonía.

Que en tal virtud, corresponde dejar expresamente aclarado que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe al personal representado por la FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE...

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