Disposición 1246. DI-2018-1246-APN-ANMAT#MSYDS - Productos médicos: prohibición de uso y comercialización.
Fecha de disposición | 29 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 29 Octubre 2018 |
Sección | Disposiciones |
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 1246/2018
DI-2018-1246-APN-ANMAT#MSYDS - Productos médicos: prohibición de uso y comercialización.
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2018
VISTO el Expediente EX-2018-49618281-APN-DVPS#ANMAT, de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;
CONSIDERANDO:
Que por los actuados citados en el Visto, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) informa que tomó conocimiento mediante Nota N° 8556, remitida por la firma GenommaLaboratories Argentina S.A., de la sustracción de treinta y tres mil cuatrocientas trece (33.413) unidades del producto "Tafirol 1 g por 80 comprimidos, lote: 3347 y vencimiento 31/07/2020".
Que la DVS indica que la firma expresó que las unidades mencionadas conforman la totalidad del lote, aportando copia de la denuncia policial y remito de distribución.
Que posteriormente, mediante Nota N° 8884, la firma Genomma Laboratories Argentina S.A. realizó una nueva comunicación a la mencionada Dirección, con el fin de informar que con posterioridad a la realización de la denuncia, tomó conocimiento de que la distribución del Lote siniestrado se efectuó mediante tres (3) transportes, de los cuales, sólo 1 (uno) de ellos fue objeto del siniestro denunciado.
Que al respecto, el DT aclaró que el vehículo sustraído transportaba doce (12) pallets por mil cuatrocientas cuarenta (1.440) unidades del producto "Tafirol 1 g por 80 comprimidos, lote: 3347 y vencimiento 31/07/2020", representando en total diecisiete mil doscientas ochenta (17.280) unidades robadas.
Que asimismo la DVS informa que la firma Genomma Laboratories Argentina S.A. decidió, como medida preventiva, llevar a cabo la destrucción final de las dieciséis mil ciento treinta y tres (16.133) unidades que no han formado parte del siniestro y que se encuentran en su poder.
Que atento las circunstancias detalladas y a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios del medicamento involucrado y toda vez que se trata de una especialidad medicinal ilegítima de la que se desconoce el estado de conservación y destino y que tales circunstancias devienen en un riesgo...
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