Disposición 123. Asunto: S\/finalización de funciones y designación en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.

Fecha de disposición09 Mayo 2016
Fecha de publicación09 Mayo 2016
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 123/2016

Asunto: S/finalización de funciones y designación en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.

Bs. As., 06/05/2016

VISTO la Disposición N° 79/16 (AFIP) del 31 de marzo de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que a través del citado acto dispositivo, se efectuaron adecuaciones en la estructura organizativa de la Dirección General de Aduanas.

Que por lo expuesto, la citada Dirección General gestiona dar por finalizadas funciones y designar a los funcionarios que asumirán la conducción de las nuevas unidades orgánicas que fueron modificadas por el acto mencionado en el Visto.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual...

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