Disposición 11861-E. Prohibición de comercialización.

Fecha de disposición28 Noviembre 2017
Fecha de publicación28 Noviembre 2017
SecciónDisposiciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 11861-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-3038-17-1 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician a raíz de una denuncia recibida en el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación al producto: "Miel floral 100% Natural", marca: Estancia La Rosada, Vto: Diciembre 2018, peso neto: 1000 grs., RNPA N° 025-31091708, RNE N° 31-078870, Sierras de Córdoba, que se estaría comercializando en el establecimiento Dietética Vitacer, sito en Av. Santa Fe N° 3085, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que mediante la "Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria, Red SIVA" se notifica el incidente alimentario N° 500 en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) en relación a dicho producto.

Que en respuesta a la notificación del incidente alimentario la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (DGHySA) informa que realizó una inspección en el establecimiento Dietética Vitacer sito en Av. Santa Fe N° 3085, CABA, procedió a la toma de muestra oficial para su evaluación y concluyó según protocolo de análisis de laboratorio, Acta N° 9628- DGHySA, que posee registros inexistentes, no cumplen con la rotulación obligatoria y una muestra del producto se encuentra alterada y adulterada.

Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL categoriza el retiro Clase III, mediante un comunicado del SIFeGA pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la comercialización de ese producto, con cualquier vencimiento, en sus jurisdicciones procedan de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2 del anexo...

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