Disposición 118/2019

Fecha de publicación21 Noviembre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO


Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2019

Visto el expediente S01:0115338/2015 del registro del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa Energía Argentina S.A. (ENARSA) solicitó, mediante la nota GO 347/15 del 7 de julio de 2015, su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), para su Central Térmica San Vicente de veintiocho megavatios (28 MW) de potencia nominal, ubicada en la localidad de San Vicente, provincia de Buenos Aires, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora Buquebús, jurisdicción de la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.).

Que con posterioridad, en el trámite de ingreso al MEM de la Central Térmica San Vicente, se realizó el cambio de la titularidad de la citada central térmica a favor de la empresa Sullair Argentina S.A.

Que mediante la nota B-132846-1 del 14 de noviembre de 2018 (fojas 223), la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que la empresa Sullair Argentina S.A. cumplió para su Central Térmica San Vicente los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

Que mediante la resolución 771/2017 (fojas 260), el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires (OPDS), declaró ambientalmente apto el proyecto de la Central Térmica San Vicente.

Que Sullair Argentina S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de la documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la citada central térmica se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.135 del 13 de junio de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065, y el artículo 1° de la...

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