Disposición 111/2022

Fecha de publicación16 Mayo 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL


Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2022

VISTO el EX-2021-97022701-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2021-473-APN-ST#MT, la RESOL-2021-1346-APN-ST#MT, la RESOL-2021-1441-APN-ST#MT, la DI-2021-17-APN-DNL#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 1/21 del RE-2021-97494040-APN-DTD#JGM del EX-2021-97022701-APN-DGD#MT obra el acuerdo suscripto entre la UNIÓN OBRERA METALURGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADIMRA), la FEDERACIÓN DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE ARTEFACTOS PARA EL HOGAR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FEDEHOGAR), la CÁMARA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA METALURGICA ARGENTINA (CAMIMA), la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRÓNICA (AFARTE), la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL ALUMINIO Y METALES AFINES (CAIAMA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 260/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo precitado, celebrado por dichas partes, fue homologado por la RESOL-2021-1346-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 1559/21, conforme surge del orden 43 y del IF-2021-102840393-APN-DNRYRT#MT, respectivamente.

Que en las páginas 1/21 del RE-2021-102798603-APNDTD#JGM del EX-2021-97022701-APN-DGD#MT obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN OBRERA METALURGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADIMRA), la FEDERACIÓN DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE ARTEFACTOS PARA EL HOGAR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FEDEHOGAR), la CÁMARA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA METALURGICA ARGENTINA (CAMIMA), la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRÓNICA (AFARTE), la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL ALUMINIO Y METALES AFINES (CAIAMA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 260/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas surgen del ya citado Acuerdo N° 1559/21 y fueron homologados por la RESOL-2021-1441-APN-ST#MT, siendo registradas bajo el Nº 1682/21, conforme surge orden 88 y del IF-2021-107876763-APN-DNRYRT#MT, respectivamente.

Que en relación a todo lo antedicho se advierte que por en el ANEXO DI-2021-105688432-APN-DNL#MT que integra la DI-2021-17-APN-DNL#MT, se...

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