Disposición 1072/2022

Fecha de publicación05 Enero 2023
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2022

VISTO el EX-2022-97841304- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2022-2050-APN-ST#MT y la DI-2022-935-APN-DNL#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 5/6 del RE-2022-97841250-APN-DGDYD#JGM del EX-2022-97841304- -APN-DGDYD#JGM obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3196/22, celebrado por la UNIÖN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ALOJAMIENTOS POR HORAS (FADAPH), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 397/04, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en relación a ello se advierte que, previamente, mediante la DI-2022-935-APN-DNL#MT se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencias entre julio de 2022 y julio de 2023 correspondiente al Acuerdo N° 2955/22.

Que en función de lo antedicho y atento a que las partes en el Acuerdo N° 3196/22 han actualizado los valores de las escalas salariales vigentes para los meses de septiembre 2022, junio y julio de 2023, deviene necesario actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios anteriormente fijados para septiembre de 2022 y julio de 2023 y establcer tambien los valores correspondientes para junio 2023..

Que, cabe destacar que la DI-2022-935-APN-DNL#MT, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.

Que se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR