Disposición 1067/2022

Fecha de publicación29 Diciembre 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL


Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2022

VISTO el EX-2022-76231334- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2022-2139-APN-ST#MT la DI-2022-751-APN-DNL#MT y la DI-2022-759-APN-DNL#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 2/3 del IF-2022-108418413-APN-DNRYRT#MT del EX-2022-76231334- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3321/22, celebrado por el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS y la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 791/21, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en las páginas 2/3 del IF-2022-108419131-APN-DNRYRT#MT del EX-2022-76231334- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3322/22, celebrado por la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 564/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en relación a ello se advierte que, previamente, mediante las DI-2022-751-APN-DNL#MT y DI-2022-759-APN-DNL#MT se fijaron los promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios con vigencia a partir de noviembre 2022 y de enero y marzo 2023 correspondientes a los Acuerdos N° 2393/22 y N° 2351/22, respectivamente.

Que en función de lo antedicho y atento a que las partes en el Acuerdos N° 2393/22 y N° 2351/22 han establecido nuevas escalas salariales y sus nuevas fechas de entrada en vigencia, se procedio a adecuar las fechas previstas para la entrada en vigencia de los promedios de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios anteriormente fijados, por los nuevos importes y fechas que se detallan en los Anexos de la presente.

Que, cabe destacar que las DI-2022-751-APN-DNL#MT y...

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