Disposición 1059/2023
Fecha de publicación | 30 Noviembre 2023 |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2023
VISTO el EX-2022-122171388- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2023-2144-APN-ST#MT de fecha 26 de octubre de 2023, y.
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2022-122170855-APNDGD#MT del EX-2022-122171388- -APN-DGD#MT, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado en fecha 26 de octubre de 2023 por el artículo 1° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2624/23, que fuera celebrado en fecha 27 de octubre de 2022 por el SINDICATO ARGENTINO DE LOCUTORES Y COMUNICADORES (SALCO), por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE TELERADIODIFUSORAS ARGENTINAS (ATA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 214/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el RE-2022-122170950-APN-DGD#MT del EX-2022-122171388- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado en fecha 26 de octubre de 2023 por el artículo 2° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2625/23, que fuera celebrado en fecha 31 de octubre de 2022 por el SINDICATO ARGENTINO DE LOCUTORES Y COMUNICADORES (SALCO), por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE TELERADIODIFUSORAS ARGENTINAS (ATA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 214/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que en el IF-2023-132794376-APN-DNRYRT#MT obra el informe técnico, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad, en el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios que se fijan por la presente y en donde además se expresan los fundamentos por los que no corresponde establecerlos respecto del Acuerdo registrado bajo el N° 2626/23, homologado por el artículo 3° de la Resolución precitada.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por...
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