Disposición 52/2010

Fecha de disposición24 Febrero 2010
Fecha de publicación24 Febrero 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31850
  1. Ajuste de la registración contable al Régimen Informativo vigente.

  2. Grado de utilización del Fondo de Riesgo.

  3. Permanencia de aportes y control de retiros del Fondo de Riesgo.

  4. Cumplimiento de los reglamentos y cláusulas contractuales de fideicomisos con afectación específica.

  5. Otros.

    Módulo 5: Gestión y Legalidad Procedimientos a implementar: Definición de las muestras, Inspecciones oculares, revisiones analíticas, obtención de confirmaciones de terceros y comprobaciones matemáticas.

    Objetivo: Controlar y Verificar

  6. Control legal de renovaciones y cambios en el Consejo de Administración y de la Comisión Fiscalizadora de las Sociedades de Garantía Recíproca.

  7. Gestión de las Sociedades de Garantía Recíproca, de acuerdo a las obligaciones que establece la normativa vigente.

  8. Identificación de procesos internos de las Sociedades de Garantía Recíproca fin de cumplir con el régimen informativo, controles internos, circuitos de documentación, contabilizaciones de las operaciones, etcétera.

  9. Análisis comparativos entre las Sociedades de Garantía Recíproca.

  10. Balances y previsiones.

  11. Rentabilidad.

  12. Gestión de cobranzas y recuperos.

  13. Otros.

    Documentación a visualizar:

  14. Actas de Asamblea y Actas del Consejo de Administración.

  15. Estados contables.

  16. Otros libros legales.

  17. Otros.

    Información a relevar:

  18. Actas de Asamblea y Actas del Consejo de Administración.

  19. Funcionamiento en general.

  20. Otros.

    ANEXO 19: CODIFICACION DE GARANTIAS De acuerdo a la clasificación de garantías establecida en el Artículo 34 y lo dispuesto en el Artículo 40, ambos del presente Anexo, las garantías se codificarán de la siguiente forma:

    ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Disposición 52/2010

    Estructura organizativa. Disposición AFIP Nº 16/10. Su sustitución.

    Bs. As., 19/2/2010

    VISTO la Disposición Nº 16 de fecha 21 de enero de 2010, del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

    Que por la Disposición citada en el VISTO se tramitó la modificación de la estructura organizativa de la Dirección de Legislación en el ámbito de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

    Que la mencionada norma dispuso la reestructuración orgánica de las unidades dependientes de la Dirección en trato, a efectos de optimizar los plazos de elaboración de los proyectos de actos dispositivos en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social en el ámbito de su competencia.

    Que atento ello, la Dirección de Asuntos Organizacionales ha efectuado el análisis sistémico de la reforma estructural realizada, siendo menester realizar algunas adecuaciones funcionales, mejorando la supervisión y gestión de las tareas desarrolladas, atribuyendo las competencias en base al criterio de especialización por materia que actualmente rige la asignación de tareas a las áreas involucradas.

    Que la presente propuesta cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

    Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de su competencia.

    Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

    Por ello,

    EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:

Artículo 1º

Eliminar de la estructura vigente las unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas 'Desarrollo de Normas Técnico Tributarias', 'Coordinación Técnica' y 'Desarrollo de Normas Aduaneras y de la Seguridad Social' y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Dirección de Legislación.

Art. 2º

Crear 3 (TRES) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas 'Procedimiento e Imposición al Consumo', 'Impuestos Directos y Recursos de la Seguridad Social' y 'Desarrollo de Normas Aduaneras', respectivamente, dependientes de la Dirección de Legislación.

Art. 3º

Crear 2 (DOS) unidades orgánicas con nivel de División denominadas 'Normas de Procedimiento' y 'Normas de Impuestos al Consumo', respectivamente, dependientes del Departamento Procedimiento e Imposición al Consumo.

Art. 4º

Crear 2 (DOS) unidades orgánicas con nivel de División denominadas 'Normas de Impuestos Directos' y 'Normas de la Seguridad Social', respectivamente, dependientes del Departamento Impuestos Directos y Recursos de la Seguridad Social.

Art. 5º

Crear 2 (DOS) unidades orgánicas con nivel de División denominadas 'Normas Aduaneras de Exportación' y 'Normas Aduaneras de...

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