Disposición 101/2009
Fecha de la disposición | 14 de Enero de 2010 |
DE TRABAJO Nº 1909 del 12 de diciembre de 2008 y registrado bajo el Nº 1309/08 suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
Comuníquese a las partes que cuando procedan a ajustar las escalas salariales del presente acuerdo en cumplimiento con lo establecido por la Ley Nº 26.341, deberán presentarlas ante este organismo para la actualización de los montos que se determinan por este acto.
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO Expediente Nº 1.234.411/07
PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA c/ EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA CCT Nº 850/07 'E' 01/07/2008 $ 3.165,24 $ 9.495,72
Expediente Nº 1.234.411/07
Buenos Aires, 29 de junio de 2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 775/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 217/09
T. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 101/2009
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