Disposición 141/2009

Fecha de publicación12 Noviembre 2009
Fecha de disposición12 Noviembre 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31779
ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Subdirectora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.334.531/09

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 138/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 996/09. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Acta Acuerdo En la Ciudad de Luis Guillón, partido de Esteban Echeverría a los 16 días del mes de Junio de 2009, se reúnen: Mithra S.A., representada en este acto por los Sres. Eduardo Rocca, Rodolfo Caranta, por una parte y por la otra el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (S.M.A.T.A) representada en este acto por los Sres: Mario Manrique, Ricardo Pignanelli, Gustavo Moran Francisco Malvaso, Hugo Gaeta, Mario Auban. Por la comisión interna: Francisco Bloch, Ruben Nieto, Jorge León, Fabián Cárdenas y ambas partes en conjunto convienen:

Primero: Las partes acuerdan el otorgamiento de una suma fija de carácter no remunerativa de $ 1.200 (pesos mil doscientos) con carácter de extraordinario y por única vez para cada empleado de Mithra S.A. Dicha suma será abonada de la siguiente forma: Con la primera quincena de junio 2009 $ 200.00 (pesos doscientos), y con la primera quincena de julio 2009 $ 200.00 (pesos doscientos), y los $ 800.00 (pesos ochocientos) restantes serán abonados como fecha tope el 31 de agosto de 2009.

Segundo: La Empresa deja expresa constancia que a los efectos que correspondan reconocerá a la obra social del sindicato de mecánicos y afines del transporte automotor el valor correspondiente a la contribución patronal sobre la suma prevista como así también la cuota sindical a cargo de la empresa por cada trabajador.

Tercero: Las partes convienen que la suma acordada en la cláusula Primera clausura definitivamente y da por finalizada la negociación salarial correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de julio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR