Disposición 135/2009

Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2009

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto 523/05.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte gremial y la Empresa FAURENCIA SISTEMAS DE ESCAPE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresaria, obrante a foja 7 del Expediente Nº 1.334.533/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 7 del Expediente Nº 1.334.533/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Subdirectora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.334.533/09

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 134/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a foja 7 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 987/09. -VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO En la ciudad de Lanús, a los 17 días del mes de junio de 2009, se reúnen: Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A., representada en este acto por el Sr. Julio César Barbosa Vera, apoderado de dicha firma y por la otra el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) representada en este acto por los Sres.:

Mario Manrique, Ricardo Pignanelli, Gustavo Morán, Francisco Malvaso, Hugo Gaeta, y como Comisión Interna, los Sres. Marco Ojeda, Ricardo María y Diego Díaz, quienes en conjunto elaboran el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Las pestes acuerdan el otorgamiento de una suma fija de carácter no remunerativa de $ 1.200 (Pesos Mil Doscientos) con carácter de extraordinario y por única vez para cada empleado dentro de convenio de Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A. Dicha suma será abonada de la siguiente forma:

2da. Quincena de junio 09: $ 400,00 (Pesos Cuatrocientos) Julio 09: $ 400,00 (Pesos Cuatrocientos) Agosto 09: $ 400,00 ( Pesos Cuatrocientos) SEGUNDO: La Empresa deja expresa constancia que a los efectos que correspondan se hará responsable del pago de las contribuciones de la Obra Social, la cuota sindical y contribución al Fondo Cultural del 1%.

TERCERO: Las partes convienen que la suma acordada en la cláusula primera clausura definitivamente y da por finalizada la negociación salarial correspondiente al período comprendido entre el 1º de febrero de 2009 hasta el 31 de julio de 2009.

En prueba de conformidad, se firman 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el inicio.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 135/2009

Registro Nº 988/2009

Bs. As., 8/9/2009

VISTO el Expediente Nº 1.319.585/09 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modíficatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 43/46 y 50/51 del Expediente Nº 1.319.585/09 obra el Acuerdo con Anexo, celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL CHACINADO,

TRIPERIA Y SUS DERIVADOS, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE CHACINADOS Y AFINES --CAICHA--, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras se establece, sustancialmente, el pago de sumas no remunerativas en los montos y fechas que se...

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