Disposición 54/2009

Fecha de la disposición20 de Octubre de 2009

Empresa Nº 723/05 'E' oportunamente celebrado entre estas mismas partes, conforme las Leyes Nº 14.250 (t.o. 2004) y Nº 23.546 (t.o. 2004), glosada a fojas 135 del Expediente Nº 1.243.363/07.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 135 del Expediente Nº 1.243.363/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. ELENA O. de OTAOLA, Directora Nacional de Asociaciones Sindicales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.243.363/07

Buenos Aires, 30 de abril de 2009

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 52/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 135 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 403/09. -VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO LA UNION FERROVIARIA - TRENES DE BUENOS AIRES S.A.

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de enero de 2009, se reúnen por una parte los Sres. José Pedraza, en su carácter de Secretario General del Sindicato de UNION FERROVIARIA, en adelante EL SINDICATO, y por la otra el Ing. Calderón Marcelo, en su carácter de Presidente de Trenes de Buenos Aires, en adelante LA EMPRESA, manifiestan:

Primero:En virtud del Acuerdo alcanzado entre las partes en el marco del Expediente Nº 1215983/07, las partes acuerdan el pago de un reconocimiento extraordinario, únicamente a quienes revistan la categoría de Oficial Cambistas de material Rodante de la Línea Mitre y a los Auxiliares Operativos de la Línea Sarmiento.

Segunda: El pago extraordinario se hará efectivo de la siguiente forma:

  1. Los oficiales cambista percibirán una suma fija no remunerativa de $ 600 mensuales, hasta tanto se implemente la reducción de jornada. Los retroactivos generados a partir de agosto de 2008 a fecha --toda vez que los períodos anteriores fueran cancelados a través del Acta Acuerdo de fecha 22/5/08-serán abonados en 6 cuotas de $ 500 cada una de ella.

  2. Los Auxiliares Operativos percibirán una suma fija no remunerativa de $ 300 mensuales, hasta tanto se reduzca de 8 a 7 horas la jornada de los mismos. Los retroactivos generados a partir del mes de abril de 2008 a la fecha serán cancelados en 6 cuotas de $ 450 cada una de ellas.

En este acto se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en prueba de pleno conocimiento y aceptación del presente, en Buenos Aires a los 5 días del mes de enero de 2009.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION...

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