Disposición Técnico Registral Nº 13/09 de 12 de Agosto de 2009

La Plata, 12 agosto de 2009.

VISTO lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley 10.295, sus modificatorias y las Disposiciones Técnico Registrales Nros. 3/1983, 16/1992, 9/2000, 3/2005 y 9/2005, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º de la Ley 10.295 establece que el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires se encuentra autorizado a obtener recursos por la venta de formularios, cuyas características indicará la Dirección Provincial del Registro de Propiedad, y la percepción de las tasas especiales por los servicios que presta el Organismo

Que asimismo, el Colegio de Escribanos está a cargo de la impresión y distribución de los formularios para la prestación de los servicios de registración y publicidad del Registro de la Propiedad;

Que la Disposición Técnico Registral Nº 3/1983 aprobó la carátula rogatoria de los documentos de origen notarial que ingresen al Registro de la Propiedad;

Que la Disposición Técnico Registral Nº 16/1992 aprobó los formularios 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 para uso obligatorio de certificados, informes, copia de asiento registral y consulta al índice de titulares;

Que la Disposición Técnico Registral Nº 9/2000 aprobó el formulario 13 para uso obligatorio del servicio de frecuencia de certificados, informes y/o copias de dominio, respecto de inmuebles determinados;

Que la Disposición Técnico Registral Nº 3/2005 ratificó la vigencia de la Disposición Técnico Registral Nº 1/2002 por la cual se aprobó la utilización del formulario impreso de la minuta de inscripción y sus anexos para los actos de origen notarial no incluidos en el aplicativo denominado SIPRES, vigente a partir del 18 de abril de 2005;

Que la Disposición Técnico Registral Nº 9/2005 aprobó los modelos de folios para la matriculación de inmuebles y los que se agreguen para la continuación de los ya matriculados que se utilizan en el Registro de la Propiedad, designados mediante letras A, B, PHA, PHB, CA, CPHA, cuya aplicación se extendió a los que fueren confeccionados con intervención notarial según el régimen de la Ley 9.590;

Que por Addenda de fecha 31 de marzo de 2009 al Convenio celebrado entre el Ministerio de Economía y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, se facultó al Director Provincial a establecer los valores unitarios de los referidos formularios;

Que la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad se encuentra en una etapa de...

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