Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Julio de 2022, expediente CAF 031097/2008

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

31097/2008 DISCOVER THE WORLD MARKETING ARGENTINA

SRL c/ DNCI-DISP 667/08(EXPTE S01:451270/06)

Buenos Aires, 7 de julio de 2022.-RR

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el Dr. P.L.M. solicitó que se regulen sus honorarios por las tareas realizadas “a lo largo de los últimos 3 años para cobrar mis honorarios de carácter alimentario” (ver las presentaciones digitales del 9 de mayo y 22 de junio de 2022).

    Señaló que “si bien las costas por el trámite principal (de fondo) han sido impuestas por su orden, el suscripto se ha visto obligado a promover la ejecución de sus honorarios en atención a la falta de pago de la demandada. Para ello realizó las tareas de fs. 216, 219, 250, 255 y 264, ello no está comprendido dentro de la imposición de costas por su orden de fechas 11-2 y 10-11-20 ni del 31-3-22, que sólo estaban referidos a un planteo de inconstitucionalidad y una liquidación de intereses”.

  2. Que el planteo debe ser examinado a la luz de los principios contenidos en el pronunciamiento plenario dictado por esta cámara en la causa “Farrando” el 24 de febrero de 1982.

    Esta sala tiene dicho que cuando la labor profesional excede lo necesario para obtener el cumplimiento voluntario y oportuno de la sentencia, y procura, frente al incumplimiento por parte de la administración de los deberes que le impone el procedimiento establecido en las normas aplicables para el cobro de las deudas del Estado —se encuentren, o no,

    alcanzadas por las leyes de consolidación—, la ejecución forzada de las obligaciones que la resolución judicial declara, se impone la retribución complementaria de esas tareas con fundamento en el principio de onerosidad de los servicios profesionales (causas “C., R.R. y otros c/

    Estado Nacional (M°de Defensa) y otro s/ personal militar y civil de las Fecha de firma: 07/07/2022

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    FFAA y de Seg” y “Guilford Argentina SA c/ EN-M° Economía – dtos.

    2000/92 y 541/00 s/ proceso de conocimiento”, pronunciamientos del 21 de mayo y 12 de septiembre de 2019, respectivamente; y “C.J.O. y otro c/ EN M° Justicia-PFA DTOS. 2744/93 848/08 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg.”, pronunciamiento del 21 de septiembre de 2021).

  3. Que, desde esa perspectiva, las tareas realizadas por el...

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