Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 10 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente133
Cita442/15
Número de SAIJ15090251
Número de CUIJ- -

DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO c/ CIRCULO DE OFICIALES DE POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y/O LOS QUE DETENTEN EL DOMINIO s/ EXPROPIACION Cita: 442/15 Nº Saij: 15090251 Nº expediente: 133 Año de causa: 2010 Nº de tomo: 264 Pág. de inicio: 167 Pág. de fin: 176 Fecha del fallo: 10/08/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.E.G.S.T. > EXPROPIACION > INDEMNIZACION > JUSTIPRECIO Tesauro > EXPROPIACION > COMISION DE TASACIONES > DICTAMEN Tesauro > EXPROPIACION > INDEMNIZACION > DETERMINACION > INFLUENCIA DE LA OBRA ADMINISTRATIVO EXPROPIACION. INDEMNIZACION. JUSTIPRECIO. DETERMINACION. INFLUENCIA DE LA OBRA.

COMISION DE TASACIONES. DICTAMEN.

Para llegar al precio justo de los bienes expropiados corresponde tener presente que la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo consideró que los terrenos en cuestión no eran aptos para viviendas por las características que presentaba el suelo y, si bien importó las obras llevadas adelante por dicha dirección a los fines de que los mismos sean aptos para poder concretar el plan de viviendas, fueron realizadas en fecha posterior a la declaración de utilidad pero con anterioridad a la toma de posesión; por lo que el valor deberá estimarse por el que hubieran tenido si la obra no hubiese sido ejecutada ni aún autorizada, no advirtiéndose motivos para apartarse del dictamen de la Comisión de Tasaciones. - CITAS: CSJStaFe: AyS T 169, p 201. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 7534, artículo 19.

  1. > EXPROPIACION > INDEMNIZACION > INTERESES > TASA Tesauro > EXPROPIACION > INDEMNIZACION > INTERESES > DESPOSESION ADMINISTRATIVO EXPROPIACION. INDEMNIZACION. INTERESES. TASA. DESPOSESION Corresponde establecer el justiprecio correspondiente a los bienes expropiados debiendo deducir el monto dado en pago por la expropiante; y sobre esa suma liquidar intereses a la tasa pasiva promedio mencionada en el artículo 10 del decreto nacional 941/91, desde la fecha de toma de posesión hasta la del efectivo pago, si éste se efectúa dentro de los treinta días de aprobada la liquidación respectiva, y en caso de incumplimiento correrán sobre los intereses devengados. (Del voto de la mayoría. En disidencia: Dr. Erbetta) - CITAS: CSJStaFe: AyS T 185, p 120, 125, 138, 143, 157 y 162. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Decreto nacional 941/91, artículo 10.

  2. > EXPROPIACION > INDEMNIZACION > INTERESES > TASA Tesauro > EXPROPIACION > INDEMNIZACION > INTERESES > DESPOSESION ADMINISTRATIVO EXPROPIACION. INDEMNIZACION. INTERESES. TASA. DESPOSESION Corresponde aplicarse un interés a la tasa activa sumada fijada por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para operaciones de descuento de documentos, desde la fecha de toma de posesión hasta el efectivo pago. (De la disidencia parcial del Dr. Erbetta) - Jurisprudencia Vinculada con AyS T 244, p 488; T 245, p 1.

    Texto del fallo Reg.: A y S t 264 p 167/176.

    En la ciudad de Santa Fe, a los diez días del mes de agosto el año dos mil quince, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, doctores D.A.E., M.A.G., R.F.G. y E.G.S., con la presidencia de su titular doctor R.H.F., a fin de dictar sentencia en los autos caratulados "DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO contra CÍRCULO DE OFICIALES DE POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE y/o los que detenten del dominio sobre EXPROPIACIÓN" (Expte. C.S.J. N° 133, año 2010). Se determinó el orden de votación conforme el estudio de los autos: señor Ministro doctor S. y en orden sucesivo señores Ministros doctores G., G., E. y señor P. doctorF. y; que las cuestiones a resolver son: PRIMERA: ¿Qué indemnización corresponde fijar por el inmueble expropiado? SEGUNDA: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar? A la primera cuestión, el señor Ministro doctor S. dijo: I. La Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo promueve demanda expropiatoria contra el Círculo de Oficiales de Policía de la Provincia de Santa Fe y/o quien resulte en definitiva propietario de las fracciones de terrenos que han sido declaradas de "utilidad pública y sujeto a expropiación" por resolución nro. 836/05 -y su ampliatoria nro. 1459/05- que describe como: "FRACCIÓN "CUATRO A": ubicada en la calle C. y U. entre el Pasaje "tres" y el Pasaje "cuatro" compuesto de 60 m en sus lados Norte y S., por 110 m en sus lados Este y Oeste, encerrando una superficie total de 6.600 m2 lindando: por el Norte con calle C. y U., por el Oeste con el Pasaje " tres" y por el Sud con el Pasaje Peatonal y por el Este con el Pasaje "cuatro" (PII n° 716486/0011 valuada en $ 88.468,09) FRACCION "CUATRO B": ubicada en el Pasaje "tres" entre el Pasaje peatonal y calle "D", compuesta de 60 m en sus lados Norte y Sud por 105 m en sus lados Este y Oeste, encierra una superficie total de 6.300 m2, lindando: por el Norte con Pasaje peatonal, por el Sud con calle "D" , por el Oeste con el Pasaje "tres" y por el Este con el Pasaje "cuatro". (PII n° 716486/0012 valuada en $ 85.354,84). FRACCIÓN "CINCO A": ubicada en calles C. y U. entre Pasaje "cuatro" y Pasaje "cinco" y mide 60 m en sus lados Norte y Sud por 110 m en sus lados Este y Oeste, encerrando una superficie total de 6.600 m2, lindado: por el Norte con calles C. y U., por el Sud con P. peatonal, por el Este con Pasaje "cinco", por el Oeste con el Pasaje "cuatro" (PII n° 716486/0013 valuada en $ 88.468,09). FRACCIÓN "CINCO B": ubicada en el Pasaje peatonal entre el Pasaje "cuatro" y el Pasaje "cinco", mide: 60m de frente al Norte, por 50 m. de fondo encerrando una superficie total de 3.000 m2 lindando: por el Norte con el Pasaje peatonal, por el Sud con la Fracción "cinco C", por el Este con el Pasaje "cinco" y por el Oeste con el Pasaje "cuatro". (PII n° 716486/0014 valuada en $ 44.470,59). FRACCIÓN "SEIS A": ubicada en las calles C. y U., compuesta de 60 m en sus lados Norte y Sud por 110 m en sus lados Este y Oeste, encierra una superficie total de 6.600 m2, lindando: por el Norte con las calles C. y U., por el Sud con el Pasaje peatonal, por el Este con el Pasaje "G" y por el Oeste con el Pasaje "cinco". (PII n° 716486/0015 valuada en $88.468,09).

    FRACCIÓN "SEIS B": ubicada en el Pasaje peatonal entre el Pasaje "cinco" y el Pasaje "seis", compuesta...

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