Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 13 de Septiembre de 2022, expediente FSM 153084/2018/CA001

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 153084/2018/CA1, “DIRECCION

NACIONAL DE MIGRACIONES c/ VICICONTE,

J.P. s/EJECUCION FISCAL – Varios”

– Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín,

Secretaria “Ad-hoc” - CFASM, SALA I, SEC.

CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO

San Martin, 13 de septiembre de 2022.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación en subsidio interpuesto por la actora contra el proveído de fecha 11/05/2022, mediante el cual el Sr. juez “a quo” consideró que las disposiciones de la ley 11.683

    eran aplicables a los casos allí previstos -obligaciones tributarias-, por lo que desestimó por improcedente el pedido de libramiento de oficio al BCRA para que -a través de comunicaciones tipo “D”

    dirigidas al sistema financiero- se informara si el demandado poseía cuentas y fondos depositados, o si registraba títulos, valores, plazos fijo, caja de seguridad o inversiones en carácter de titular o cotitular.

  2. La recurrente se agravió, al señalar que de esta forma se limitaba uno de los únicos medios viables a los fines de conocer bienes pertenecientes al accionado y que, se afectaba su derecho de defensa,

    como también las acreencias del Estado Nacional,

    siendo ello absolutamente contrario a los principios de economía y celeridad procesal.

    Dijo, que el propio Banco Central, en su página web, establecía los requisitos de los oficios judiciales.

    1

    Fecha de firma: 13/09/2022

    Alta en sistema: 14/09/2022

    Firmado por: M.J.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

    Causa N° FSM 153084/2018/CA1, “DIRECCION

    NACIONAL DE MIGRACIONES c/ VICICONTE,

    J.P. s/EJECUCION FISCAL – Varios”

    – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín,

    Secretaria “Ad-hoc” - CFASM, SALA I, SEC.

    CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO

    Citó jurisprudencia que avalaba su postura y destacó que no era lo mismo la solicitud de un informe general sobre cuentas y otros rubros a fin de dar tutela a los intereses del acreedor, que el hecho de que la autoridad de contralor bancaria se transformara en el ejecutor de una cautelar potencialmente gravosa para el ejecutado si se trabara embargo en diversas cuentas en simultáneo.

    Añadió, que lo solicitado era otorgado sin ningún tipo de limitación en numerosos fueros en donde ejecutaba obligaciones de similares características a la de autos.

    Finalmente, solicitó que se revocara lo decidido y se ordenara el libramiento del oficio en los términos requeridos.

  3. El magistrado de grado, rechazó la revocatoria deducida contra la referida providencia,

    indicando que las comunicaciones tipo “D” daban a conocer información considerada confidencial y que, de la propia normativa del BCRA se desprendía que del texto del oficio debía surgir claramente que quien oficiaba había dispuesto el levantamiento del secreto bancario (Art. 39 de le ley 21.526), circunstancia no se encontraba...

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