Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL, 13 de Mayo de 2022, expediente FMP 000941/2021/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

del Plata, de mayo de 2022.-

VISTOS:

Estos autos caratulados: DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES c/

C.M., CELSO s/ORDEN DE RETENCION – MIGRACIONES,

Expediente FMP 941/2021, provenientes del Juzgado Federal N° 4, Secretaría Ad-Hoc de esta ciudad.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto en fecha 17/09/21 por el Sr. C.C.M. con el patrocinio letrado de la Defensora Pública Coadyuvante, Dra. O.C. Garrido, contra la resolución dictada el 13/09/21, por la cual se decidió hacer lugar a la retención solicitada por la accionante, en los términos y condiciones previstas por el Art. 70

    y ssgtes. de la Ley 25.871.

    La recurrente discrepa con lo decidido por el a quo al considerar que las notificaciones realizadas en el domicilio denunciado por el accionado no han surtido los efectos legales pertinentes, ya que éste no tomó conocimiento personal de los procedimiento administrativo y judicial seguidos a su respecto, ni de la facultad de contar con una Defensa Técnica gratuita, por lo que no puede entenderse que el migrante haya contado con la posibilidad de ejercer su derecho de defensa en forma efectiva.

    Indica que la propia ley vigente prevé específicamente la intervención al Ministerio Público de la Defensa a fin de salvaguardar los derechos del demandado, circunstancia que en el caso se ha omitido, convirtiendo el pedio de retención en ilegítimo.

    Fecha de firma: 13/05/2022

    Firmado por: W.D.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

    Manifiesta que la resolución que decretó la expulsión del nombrado no cumplió con las garantías procesales consagradas por la C.I.D.H., las cuales en el caso fueron desoídas.

    Sumado a lo expuesto, señala que el trámite administrativo no se encuentra firme al no haber sido judicializado, y aduce que la resolución adoptada por el sentenciante no se enmarca en el principio de razonabilidad, a la vez que resulta arbitraria, dado que no han sido tratados los diversos agravios expuesto por la Defensa Pública al momento de contestar la vista conferida por el Juzgado.

    Finalmente, solicita se revoque la decisión puesta en crisis, se libre oficio a la Policía Federal Argentina a fin de hacer saber que la misma no puede ser materializada al no haber adquirido firmeza, y hace reserva de caso federal.

  2. En fecha 27/09/21 el Sr. Juez de grado concedió el remedio interpuesto en relación y con efecto devolutivo, lo que motivó la interposición del recurso de revocatoria con apelación en subsidio incoado por el demandado el 29/09/21 a fin de modificar el efecto con el que cual fue concedida la apelación referida. No habiendo dado lugar el Magistrado a lo peticionado mediante el decisorio de fecha 19/10/21, el accionado interpuso Recurso de Queja ante esta Alzada, el cual, al haber tenido acogida favorable, fue remitido a la instancia de grado a fin de que el a quo conceda la apelación intentada con efecto suspensivo.

    Por su parte, en la contestación de fecha 17/12/21 la Dirección Nacional de Migraciones esbozó que la orden de expulsión decretada fue notificada en el modo legalmente previsto, habiéndose respetado todos los derechos y garantías del migrante, hizo reserva de caso federal, y solicitó se tenga por contestado en tiempo y forma el traslado conferido, rechazándose la apelación impetrada.

  3. Ahora bien, previo a comenzar con el desarrollo de las cuestiones propuestas a revisión por parte de este Tribunal, hemos de señalar que sólo Fecha de firma: 13/05/2022

    Firmado por: W.D.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR