Dirección de Flora y Fauna Silvestre, Año 2018 - Disp. N° 04, 11 a 13

Fecha de publicación27 Septiembre 2018
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13017
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL PAGINA 11
Jueves 27 de Septiembre de 2018
lización de alguna de estas actualizaciones como míni-
mo una cada DOS (2) años en copias certificadas y/o
legalizadas.-
Artículo 3°.- la empresa ESTUDIOS Y SERVICIOS
AMBIENTALES S.R.L. (CUIT N° 30-70822204-2), deberá
confeccionar los documentos ambientales que presen-
te bajo su exclusiva responsabilidad y en función de las
incumbencias profesionales determinadas para cada uno
de los títulos universitarios de los profesionales que
integran el grupo de trabajo, de acuerdo a las catego-
rías en las que fue inscripto, debiendo acompañar copia
de las mismas en cada presentación.-
ANEXO I
«PROFESIONALES DEL GRUPO DE TRABAJO»
Categorías:
«Consultoría Ambiental»,
«Expertos Ambientales de la Industria Petrolera»,
«Actividad Minera - minerales de primera y segunda
categoría»,
«Actividad Minera - minerales de tercera categoría»,
1. Licenciado en Ciencias Geológicas: Fernando
VALDOVINO, DNI N° 16.206.305, en calidad de Respon-
sable Técnico.-
2. Licenciada en Ciencias Ambientales: Roció Jezabel
ALMEIDA, DNI N° 32.220.242.-
3. Licenciado en Diagnostico y Gestión Ambiental:
Andrés Alexis IRIBE, DNI N° 30.461.106.-
4. Licenciada en Protección y Saneamiento Ambien-
tal: Gabriela Vanesa GUTIERREZ, DNI N° 33.384.038.-
5. Ingeniera Ambiental: Tamara Emilia AGUILAR
CANIUMIL, DNI N° 34.144.684.-
DIRECCIÓN DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE
Disp. Nº 04 10-09-18
Artículo 1º.- Imponer al Sr. OJEDA Juan Marcelo (DNI
Nº: 37.765.012) con domicilio en Bº Máximo Abasolo
calle Timoteo Ortego Nº 4.656 de la ciudad de Comodoro
Rivadavia, Provincia de Chubut, una multa de PESOS
CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($
5.899,00), en concepto de sanción por haber
transgredido el artículo 11º de la Ley XI Nº 10º y al
artículo 8º inc. 5) y por aplicación del Artículo 15º inc. d)
del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 2º.- Imponer al Sr. GONZÁLEZ WILLIAMS
Renato (DNI Nº: 31.486.770) con domicilio en Bº 30 de
Octubre, calle Juan de Dios Trevisan S/N de la ciudad de
Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut, una multa de
PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
($ 5.899,00), en concepto de sanción por haber
transgredido el artículo 11º de la Ley XI Nº 10º y al
artículo 8º inc. 5) y por aplicación del Artículo 15º inc. d)
del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 3º.- Imponer al Sr. GALLARDO Gonzalo
Gabriel (DNI Nº: 36.709.979) con domicilio en Bº San
Cayetano, calle Arigoni Nº 1.690 de la ciudad de
Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut, una multa
de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUE-
VE ($ 5.899,00), en concepto de sanción por haber
transgredido el artículo 11º de la Ley XI Nº 10º y al
artículo 8º inc. 4) y por aplicación del Artículo 15º inc.
d) del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 4º.- El pago de la multa aplicada deberá ha-
cerse efectivo, dentro de los cinco (5) días hábiles pos-
teriores a la notificación de la presente, en la cuenta de la
Dirección General de Rentas Nº 200612/1 Organismo «T»
(Dirección de Fauna y Flora Silvestre) del Banco de Chubut
S.A. Período 2018 Expte. Nº 000582/18 MP.-
Artículo 5º.- Los infractores podrán, previo pago de
la multa y dentro del plazo de cinco (05) días hábiles
interponer recurso de apelación contra la presente Dis-
posición. Asimismo podrán interponer recurso de
reconsideración ante la Dirección de Fauna y Flora.-Sil-
vestre siempre que haya cumplimentado lo establecido
en el artículo 17º del Decreto Reglamentario Nº 868/90.-
Disp. Nº 11 17-09-18
Artículo 1°.- RECTIFÍQUESE el Artículo 4° de la Dis-
posición N° 08/18 DFyFS el cual quedará redactado de
la siguiente manera: «Artículo 4°: Autorizar al Director
del proyecto y a su equipo de trabajo (Anexo I) a reali-
zar las mencionadas tareas de investigación en el Golfo
San José, Área Natural protegida Península Valdes».-
Artículo 2°.- Se deberá dejar nota marginal de la
presente en la Disposición rectificada.-
Disp. Nº 12 19-09-18
Artículo 1º.- Imponer al Sr. SANTIBAÑEZ Félix Da-
niel (DNI Nº: 28.236.461) con domicilio en calle Vachina
Nº 115 de la ciudad de Rawson, Provincia de Chubut
una multa de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS DIE-
CINUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 8.419,20) en con-
cepto de sanción por haber transgredido el artículo 8º
inc. 6) del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 2º.- El pago de la multa aplicada deberá ha-
cerse efectivo, dentro de los cinco (5) días hábiles pos-
teriores a la notificación de la presente, en la cuenta de la
Dirección General de Rentas Nº 200612/1 Organismo «T»
(Dirección de Fauna y Flora Silvestre) del Banco del Chubut
S.A. Período 2018, Expte. Nº 000925/18 MP.-
Artículo 3º.- El infractor podrá, previo pago de la mul-
ta y dentro del plazo de cinco (05) días hábiles interponer
recurso de apelación contra la presente Disposición.
Asimismo podrán interponer recurso de reconsideración
ante la Dirección de Fauna y Flora.-Silvestre siempre que
haya cumplimentado lo establecido en el artículo 17º del
Decreto Reglamentario Nº 868/90.-
Disp. Nº 13 19-09-18
Artículo 1º.- Imponer al Sr. MUÑOZ Ángel Maximiliano
(DNI Nº: 34.633.411), con domicilio en la calle Rivadavia
Nº 530, de la ciudad de Sarmiento, Provincia de Chubut
una multa de PESOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y
SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 3.157,20), por haber
transgredido el Artículo 7º inc. b) y por aplicación del
Artículo 15º inc f) del Decreto Reglamentario Nº 868/90.-
Artículo 2º.- Imponer al Sr. MORENO Martín (DNI Nº:

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