Dipros

DIPROS S.A. Acta de Asamblea Extraordinaria del 25 de Marzo de 1998. Modificación de Estatutos Sociales Art. 4, el mismo ha quedado redactado de la siguiente manera:ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, a las siguientes operaciones dentro o fuera del país: A) DE SERVICIOS Y COMERCIALES: a) Asesoramiento y prestación de servicios que se relacionen con la generación, transmisión, transformación, distribución, comercialización, adquisición e intercambio de energía de todo tipo, así como la prestación del servicio público de electricidad, gas y toda fuente de energía convencional o no, existente o a desarrollarse en el futuro, ya sea en todo el ámbito y cualquier lugar del país.- A tales fines efectuará las obras necesarias, explotará centrales generadoras de energía de cualquier tipo, manejará líneas de transmisión y estaciones transformadoras y operará redes de distribución. b) Asesoramiento y prestación de servicios que se relacionen con las tareas de riego, avenamiento y saneamiento de zonas, inundables e insalubres y para la atenuación de crecidas en los cursos de agua, a cuyos fines podrá realizar estudios y proyectos y construir las obras de regulación de riego y demás necesarios y administrarla. c) Asesoramiento y prestación de servicios que se relacionen con el inventario y la evaluación de los recursos hídricos en los ríos y otros cursos de agua, sus cuencas y demás fuentes de alimentación utilizables con fines de bebida, riego y aprovechamiento energético. d) En general cualquier tarea por cuenta propia, del Estado Nacional, Provincias o Municipalidades y todo tipo de entidades públicas o privadas que se relacionen, directa o indirectamente con los objetivos detallados precedentemente.- Además de todo lo relacionado con la compra, venta, reventa, permuta, cesión, representación, comisión, consignación, producción, elaboración y distribución de productos derivados de la industria de la energética tanto convencional o no; B) AGROPECUARIAS Y FORESTALES: Explotación directa o por cuenta de terceros o asociada a los mismos de cultivos permanentes o estacionarios, incluyéndose entre ellas a la vitivinicultura, fruticultura, olivicultura, floricultura, apicultura, forestación y ganadería mediante compra-venta, arrendamiento o aparcería de inmuebles de la sociedad o de terceros, pudiendo realizar estas mismas operaciones con más las de comisión, consignación, permuta, depósitos, sobre los...

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