Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 27 de Febrero de 2020, expediente CNT 001039/2016/CA001

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT. DEF.: EXPTE. N°: 1039/2016/CA1 (50270)

JUZGADO N°: 80 SALA X

AUTOS: “DIAZ MARCOS ADRIAN C/ ASOCIART ART S.A S/ ACCIDENTE – LEY

ESPECIAL”.

Buenos Aires, 27/02/20

El DR. LEONARDO J. AMBESI, dijo:

I- Llegan los presentes actuados a conocimiento de esta instancia con motivo del recurso de apelación que, contra la sentencia obrante a fs. 115/117, interpuso la parte actora a tenor del memorial obrante a fs. 118/122, mereciendo réplica de su contraria a fs.

125/126.

II- Se agravia la demandante por el rechazo del reclamo fundado en la falta de acreditación de la contingencia invocada y de su nexo con las tareas desempeñadas a los fines de considerar su reparación. En esencia, el recurrente critica la valoración efectuada por la magistrada de grado del informe pericial médico obrante a fs. 98/102. Reprocha que no se haya tenido por acreditado el hecho y se cargue la falta de denuncia del evento a la ART en cabeza del accionante. Observa además que no se haya tenido en cuenta los incumplimientos de los deberes legales a los que se encuentra obligada la aseguradora y que se vinculan como “causa eficiente” con el siniestro padecido y el daño ocasionado.

III- Cabe adelantar que los agravios en cuestión serán rechazados.

Según el escrito de inicio, el actor se desempeñó a las órdenes de su empleadora como encargado, en los términos del CCT 389/04, desde el 16/08/2013 hasta el 06/02/2014 (fs. 5 vta.). En ese marco, con fecha 21/01/2014, mientras se encontraba subiendo desde el sótano de stock cajones de bebidas y gaseosas y agua mineral, sintió un intenso dolor en la zona lumbar, siendo ayudado por compañeros de trabajo y comensales presentes en el establecimiento. Comunicado el hecho al empleador, de acuerdo a su relato, el citado no hizo la Fecha de firma: 27/02/2020

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

denuncia a la ART por no encontrarse la dolencia en el listado de cobertura, debiendo el actor ausentarse y disponer su atención en nosocomios de la ciudad, mencionando específicamente el Hospital de A.D.T.Á. (fs. 6).

Ahora bien, más allá de lo expresado respecto de la falta de denuncia del siniestro, lo cierto es que –como se advierte en el fallo de origen- el actor no ofreció prueba testimonial alguna ni tampoco informativa a la entidad sanitaria donde habría recibido la primera atención médica, a...

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