Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 28 de Febrero de 2019, expediente CNT 015988/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

15.988/2015

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 53521

CAUSA Nº 15.988/2015 -SALA VII- JUZGADO Nº 16

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de febrero 2019, para dictar sentencia en los autos: “D.L.F. C/ ART

INTERACCIÓN S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA G.L.C. DIJO:

I.-La sentencia de la instancia anterior dónde se hizo lugar –en lo esencial- al reclamo de autos, llega a esta sede recurrida por la parte actora y por Prevención ART S.A. –en su carácter de administradora del Fondo de Reserva de la L.R.T., representando a la Superintendencia de Seguros de la Nación-, a tenor de los memoriales obrantes a fs. 198/207 y a fs. 208/210,

recibiendo únicamente réplica el segundo de ellos a través de la presentación de fs. 212/214vta.

Asimismo, la representación letrada de la parte actora –Dra. M.M.G.- cuestiona los emolumentos fijados a su favor por entenderlos exiguos (ver tercer agravio a fs. 206vta./207).

  1. Por una cuestión de método daré tratamiento a los agravios vertidos,

    en el orden que seguidamente expondré, pues habré de tratar en forma conjunta los que versen sobre una misma temática.

    1. El accionante crítica el porcentual de incapacidad que decidió mandar a reparar el Sr. Juez a quo (del 12% de la t.o.), en tanto –sostiene que- lo estableció apartándose de lo dictaminado por el perito médico de oficio (es decir, un 28,40% t.o.). Al respecto, entre otras cuestiones, esgrime que, el porcentaje de incapacidad por las limitaciones funcionales supera el correspondiente por la lesión meniscal –que es la que meritó el judicante en su fallo-, por tanto –según su visión- se estaría reduciendo la real minusvalía del actor. A su vez, también se queja ante la sustracción del factor de ponderación por recalificación.

      Delimitado sucintamente el planteo en torno al porcentaje de incapacidad física que se dispuso reparar en grado, diré que le asistirá razón en parte a la recurrente, pues opino que el Dr. G. -en su fallo-, ha efectuado un análisis concienzudo de la tabla de evaluación de incapacidades aplicable al caso en virtud de las patologías detectadas en el actor por el experto médico,

      en tanto dio favorable acogida a la impugnación que efectuó la administradora legal del Fondo de Reserva a fs. 165/vta. En efecto, opino –en igual sentido que lo hiciera el Juez de grado- de que, en la especie, el perito médico ponderó por Fecha de firma: 28/02/2019 separado tanto la lesión meniscal (en un 10% de la t.o.) como la limitación Alta en sistema: 08/03/2019

      Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: H.H.K., SECRETARIO

      Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

      15.988/2015

      Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

      SALA VII

      funcional –en flexión y en extensión- de la rodilla (en un 14% t.o.), siendo que el baremo de ley establece para el caso de lesiones menisco-ligamentarias que;

      …En las incapacidades siguientes está incluido el porcentaje por repercusión funcional…

      . Sin embargo, no es menos cierto que, la minusvalía por las limitaciones funcionales detectadas en el actor, resultan ser más elevadas que las referidas a la lesión meniscal, por tanto entiendo que corresponde modificar el porcentual de incapacidad mandado a reparar, estableciéndolo en el 14% de la t.o., toda vez que resulta ser lo más beneficioso para el trabajador siniestrado, sin apartarme de lo que establece la tabla de evaluación de incapacidades de uso para la casuística de autos (cfr. arg. art. 9 de la L.C.T. y arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.).

      Ahora bien, despejado lo anterior, diré que más allá del acierto o error en cuanto a la recalificación como factor de ponderación, lo...

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