Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 4 de Mayo de 2017, expediente CAF 023712/2012/CA001

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación Causa 23.712/2012/CA1 “D., I.R. c/ EN-Mº Defensa-FAA- Dto 682/04 110/07 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”

Buenos Aires, de mayo de 2017.

VISTOS:

CONSIDERANDO:

En Buenos Aires, a 4 de mayo de dos mil diecisiete, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados “D., I.R. c/ EN-Mº Defensa-FAA- Dto 682/04 110/07 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”, contra la sentencia de fs. 121/124vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que el señor juez de la anterior instancia desestimó la demanda de I.R.D. –en su carácter de personal civil de planta permanente de la Fuerza Aérea Argentina– contra el Estado Nacional a fin de que se le liquidaran desde el 2004, como bonificables, las sumas mensuales “remunerativas” y “no bonificables” previstas por los decretos 682/04, 1993/04, 1107/05, 532/06, 1668/06 y 110/07 en virtud de que, a su criterio, la técnica implementada durante el proceso de recomposición salarial no había sido homogénea para todos los agentes civiles de las FFAA. Asimismo, rechazó el pedido de que se le abonaran las diferencias salariales desde la fecha en que cada una de ellas le era debida y por el período no prescripto, con más los intereses compensatorios calculado hasta el efectivo pago.

    Para decidir de esa forma, recordó las previsiones del decreto 2355/73 -que reglamentó el “Estatuto para el Personal Civil de las Fuerzas Armadas” aprobado por ley 20.239- y de la Fecha de firma: 04/05/2017 Alta en sistema: 05/05/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #10943390#177929094#20170504131403605 Poder Judicial de la Nación Causa 23.712/2012/CA1 “D., I.R. c/ EN-Mº Defensa-FAA- Dto 682/04 110/07 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”

    ley 25.164 (v. fs. 122vta.) y agregó que el decreto 214/06 homologó el Convenio Colectivo de Trabajo General que, en su T.X. estableció

    que la retribución de esos agentes se compondría de las asignaciones que allí prevé “…de conformidad con las regulaciones que se establezcan en los convenios sectoriales…” (art. 148, v. fs. 122, segundo párrafo).

    Puso de resalto que el decreto 1107/05 fijó una asignación de categoría correspondiente al “personal civil” de la Fuerza y convirtió “… las sumas no remunerativas y no bonificables (establecidas anterioremente por los decretos 682/04 y 1993/04) en un adicional remunerativo y no bonificable…” (v. fs. 123, primer párrafo). Citó, además, el decreto 532/06, que homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil de las Fuerzas Armadas y fijó su entrada en vigencia (1º de julio de 2005).

    Ello sentado, advirtió que la actora, en concreto, había cuestionado el carácter “no bonificable” que le asignaron las normas citadas a los aumentos qe fueron oportunamente...

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