Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 17 de Noviembre de 2022, expediente CNT 036164/2021/CA001
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2022 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL
TRABAJO - SALA I
Expte. nº36164/2021
D.A., G.J. c/ BUENOSAIRES 2020 S.R.L.
s/LEY 22.250
JUZGADO DEL TRABAJO NRO. 27 SALA PRIMERA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Buenos Aires, en la fecha de registro que surge del sistema Lex 100.
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por la demandada BUENOS AIRES 2020 SRL contra la resolución de grado que rechazó
su planteo de nulidad de la notificación del traslado de la demanda;
Y CONSIDERANDO:
I.-El Sr. Juez de primera instancia, en la resolución cuestionada,
desestimó el incidente de nulidad de la notificación del traslado de la demanda deducido por BUENOS AIRES 2020 SRL. Para así resolver,
consideró insuficientes las manifestaciones vertidas por la incidentista acerca de la oportunidad en que habría tomado conocimiento del acto que califica como viciado (art. 59 ley 18.345). Asimismo, señaló el Magistrado que la demandada no cuestionó el domicilio donde se practicó la diligencia y añadió que, si bien aquélla cuestionaba el accionar de la Sra. Oficial Notificadora, no había redargüido de falsa la notificación, ni aportado pruebas que sustentasen sus dichos respecto a la forma y el momento en que habría tomado conocimiento del proceso.
Fecha de firma: 17/11/2022
Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.V.Z.V., SECRETARIA
Tal decisión es apelada por BUENOS AIRES 2020
S. el memorialexaminado, el que fue replicado por el actor.
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Este Tribunal compartelos fundamentos y las conclusiones vertidas en su dictamenpor el Sr. Fiscal General (interino) ante esta Cámara, fechado el24.10.2022,al que se remite en razón de brevedad, a fin de no incurrir en innecesarias repeticiones,
dictamen que se considera parte de esta resolución. Por los fundamentos allí expuestos, el recurso de apelación se considera...
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