MEDICAL IMAGE DIAGNOSTICO POR IMAGENES SA s/ Quiebra s/ Incidente de Subasta

Fecha de la disposición 7 de Julio de 2014

JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL

Nº 4

El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial 4. Secretaría 7, sito en Av. Roque S. Peña 1211 1º Piso Capital Federal, comunica por dos días, en autos “MEDICAL IMAGE DIAGNOSTICO POR IMAGENES SA S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE SUBASTA DE BIEN INMUEBLE (GORRITI 4624)”, Expte. Nº 083821, que el martillero Gustavo V. L. LAURIA, (Uruguay 651. piso 17 “I”, Capital; Te: 4373-0520/4375-2724/154095-1991) email: glauria@fibertel.com.ar, CUIT 23-04386302-9, IVA RESPONSABLE INSCRIPTO, rematará el 16 de julio de 2014, a las 11,45 hs., en punto, en el salón de ventas de la Dirección de Subastas Judiciales, sita en Jean Jaurés 545 de Capital; los siguientes bienes: A) Inmueble sito en la calle Gorriti 4624 de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, Matrícula Nº FR. 18-5113; Nomenclatura Catrastal: Circ. 18, Sec 19, Manz. 14, Parc. 1-b - Consta de las siguientes comodidades: Planta Baja: Recepción; 9 ambientes de diversos usos y 2 baños; Piso 1º al frente, por escalera: 2 ambientes, cocina y 1 baño; Piso 1º al contrafrente, por escalera: 4 ambientes y 1 baño; Piso 2º contrafrente, por escalera de hierro caracol: 3 ambientes.- Superficie cubierta total aprox. 350m2. – BASE $ 3.200.000.- AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR. SEÑA 30%. COMISION 3% - IVA S/COMISION - SELLADO DE LEY. ARANCEL CSJN 0,25% (CSJN Ac. 10/99 y 24/00:7) - EFECTIVO. Los impuestos, tasas y contribuciones especiales (de orden nacional, provincial y municipal) devengados antes de la declaración de quiebra deberán ser verificados por sus acreedores en este procedimiento; los comprendidos entre la declaración de quiebra y la fecha de la toma posesión del bien, serán gastos del concurso en los términos de la LCQ 240; y los posteriores a la toma de la posesión quedarán a cargo del adquirente.- El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los 10 días de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación, ni intimación alguna; bajo apercibimiento de lo dispuesto por el CPr. 580, aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la...

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