Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 23 de Octubre de 2017, expediente COM 011721/2017

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 11721/2017 - DIA ARGENTINA S.A. c/ GALLO, J.G. s/EJECUTIVOJ. n° 4 - Secretaria n° 8 Buenos Aires, 23 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

  1. Apeló el ejecutante la resolución de fs. 14, mediante la cual el Magistrado de primera instancia se declaró incompetente. Sus agravios corren a fs. 54/55.

  2. Los argumentos del dictamen fiscal que antecede, que esta Sala comparte, resultan suficientes para estimar el recurso.

    La inequívoca afirmación del ejecutante, referida a que la operación plasmada en el pagaré reclamado es de origen comercial, impone revocar la decisión recurrida.

    Recuérdese que el art. 1 la ley 24.240 define al consumidor o usuario como toda persona física o jurídica que contrata con determinados negocios o servicios a título oneroso para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social. Este concepto, debe integrarse con el art. 2, párrafo 2° que excluye de la definición a quienes adquieran, almacenen, utilicen o consuman bienes o servicios para integrarlos en procesos de producción, transformación o prestación a terceros.

    De modo que, si la relación ostenta el carácter comercial señalado por el accionante -conocido en plaza como mercado de productos alimenticios-

    no cupo aplicar la doctrina plenaria invocada a fs. 12.

  3. Se estima la apelación de fs. 54, sin costas de Alzada por no Fecha de firma: 23/10/2017 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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