Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 10 de Febrero de 2023, expediente CCF 012013/2022/CA001

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAUSA CCF N° 12.013/2.022/CA1 “D.F., M. c/ OBRA SOCIAL DE LA

UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN s/AMPARO DE

SALUD”. JUZGADO n° 8, SECRETARÍA N° 16.

Buenos Aires, 23 de febrero de 2023.

VISTO: el recurso de apelación subsidiaria interpuesto y fundado por la demandante el 8 de octubre de 2022, que fuera contestado por la accionada el 19 de diciembre de ese año, contra el pronunciamiento del 30

de septiembre de 2022, y CONSIDERANDO:

  1. La actora inició acción de amparo con medida cautelar innovativa a efectos que se obligue a la obra social demandada a brindar cobertura integral e inmediata del tratamiento de fertilidad de alta complejidad, con ovodonación, solicitado por su parte.

    En la providencia apelada, el juez de primera instancia rechazó la medida cautelar impetrada.

    Para ello, el magistrado tuvo presente que, frente a la intimación previa concretada, la accionada había respondido que la práctica exigida por la pretensora ya se encontraba “autorizada”, y que la demora mantenida por el prestador Fertilab, le resultaba ajena. Tuvo también presente que, a partir de tal circunstancia, la obra social informó un centro de fertilidad alternativo (Gestar) donde la amparista podía llevar adelante la prestación precisada, lo que sin embargo, fue desestimado por esta última.

  2. En ocasión de fundar su apelación, la accionante se quejó

    porque el juez habría omitido considerar que el personal médico de Fertilab dejó de atenderla, junto a su pareja, lo que impedía la concreción del tratamiento autorizado por la obra social. Sostuvo que a ello se adicionaba que la alternativa de la demandada, consistente en realizar la consulta en el centro de fertilidad Gestar, sumía a su parte en la incertidumbre de saber si el tratamiento seguía autorizado, o no. Sobre esa base requirió que se revoque lo Fecha de firma: 10/02/2023

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    decidido y se ordene a la contraria a que brinde la prestación en los términos requeridos.

  3. Sabido es que la expresión de agravios debe consistir en una crítica concreta y razonada contra la decisión de grado.

    Ello implica que no basta una mera disconformidad con lo decidido en la anterior instancia, sino que se exige un juicio crítico de la recurrente que rebata con sustento jurídico y fáctico el temperamento sostenido en...

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