Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 20 de Diciembre de 2019, expediente FPO 007668/2013/CA001

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación .

7668/2013/CA sadas, diciembre 20 de 2019.-

Y VISTOS:

1) Que, a fs. 139/vta. interpone recurso de apelación la parte demandada y expresa agravios a fs. 141/145. El recurso procesal lo es contra la resolución del a quo de fs. 137/138 por la que rechazó la acumulación de procesos, impuso costas y difirió el tratamiento de la excepción de prescripción opuesta.

Sostiene la demandada en su memorial de agravios que la resolución del a quo resulta desacertada, contraria a lo expresamente prescripto en las normas legales de aplicación a la especie y arbitraria.

Manifiesta que se encuentran reunidas en los autos todas las condiciones requeridas por los arts. 188, 190, siguientes y concordantes USO OFICIAL del código de rito para que proceda la acumulación de expedientes, y destaca que los actores que promueven la presente acción poseen diferentes situaciones de revista ante la institución demandada.

Agrega que en los autos que cita y pretende acumular, los demandantes poseen la condición de personal retirado y/o en actividad de la PNA, lo que ocasiona que los hechos y el derecho ante el cual se alzan sean idénticos en ambos. Por otra parte destacó que todos ellos se encuentran representados por los mismos letrados, quienes ofrecen y solicitan la producción de idénticos medios probatorios.

Finamente, se agravia de la forma en que se han impuesto las costas.

2) Que a la causa sub examine resulta de aplicación lo resuelto por este tribunal in re: FPO Nº 6404/2013/CA1 “CHAVEZ, J.C. Y OTROS c ENA PNA s/ REAJUSTE DE HABERES”, del 9/10/2019, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad.-

3) Que, en consecuencia, de lo que resulta del fallo citado, este Tribunal destacó la importancia de lo resuelto en el precedente “Cogliolo”, en el que sostuvo que desde la más alta Magistratura del Poder Judicial de la Nación se ha reconocido que se advierte un fuerte Fecha de firma: 20/12/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO...

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