Aviso Oficial Notificación Sobre Destrucción de Exptes. Judiciales Correspondientes alJuzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 62, Conf. Art. 23º del Decreto-ley 6848/63, Ley 16.478.
Fecha de publicación | 14 Mayo 2008 |
Fecha de disposición | 14 Mayo 2008 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31404 |
Que por Nota Nº 2473/06 INAL, del 20 de diciembre de 2006, dicho Organismo comunica que prorroga la fecha de implementación de la última de las etapas consignadas en Nota Nº 1460/06 INAL, tal como se consigna en Nota Externa Nº 1/07 (SDG TLA), del 11 de enero de 2007.
Que a través de Nota Nº 25/08 INAL, del 5 de febrero de 2008, el Instituto Nacional de Alimentos modifica el universo de mercaderías involucradas en Disposición Nº 3457/01 ANMAT, por lo cual el Servicio Aduanero exigirá el Certificado de Libre Circulación a las mercaderías destinadas a estar en contacto con alimentos comprendidas en las partidas que a continuación se detallan:
Partidas:
39.17; 39.19; 39.20; 39.21; 39.23; 39.24; 39.26; 40.14; 40.16; 44.15; 44.16; 44.19; 44.20; 44.21;
45.03; 45.04; 48.11; 48.12; 48.18; 48.19; 48.21; 48.23; 63.05; 63.07; 69.09; 69.11; 69.12; 69.14; 70.10;
70.13; 71.14; 73.10; 73.23; 73.26; 74.18; 74.19; 75.08; 76.07; 76.12; 76.15; 76.16; 80.07; 82.11; 82.13;
82.14; 82.15; 83.09; 95.03 y 96.17.
Asimismo, y de acuerdo con la precitada Nota Nº 1460/06 INAL, el Instituto Nacional de Alimentos comunica las mercaderías que no se encuentran sujetas a su intervención, ello es:
Aparatos electromecánicos o manuales de los tipos utilizados para uso doméstico (heladeras, microondas, fabripastas, licuadoras, procesadoras, etc.), sus accesorios y repuestos.
Equipos fijos o rodantes y maquinarias de uso industrial.
Artículos de vidrio sódico-cálcico y borosilicato para los que existen normas específicas de eximición.
Materias primas (ej. Gránulos o pellets de plástico, recubrimientos, aditivos).
Déjase sin efecto las Notas Externas Nº 11/06 y Nº 1/07 (SDG TLA), de fechas 1º de septiembre de 2006 y 11 de enero de 2007, respectivamente.
Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. -- Abog. SILVINA TIRABASSI,
Directora General de Aduanas.
e. 14/05/2008 Nº 578.428 v. 14/05/2008 SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES La Gerencia de Comisiones Médicas en cumplimiento de la Ley 19.549, Decreto 1759/72 Art. 42 y concordantes, notifícase que se encuentran a disposición los dictámenes con los resultados dictaminados y emitidos por las Comisiones Médicas computándose los plazos de ley a partir de la finalización de la publicación del presente edicto, según se detalla en el siguiente Anexo. Publíquese durante tres (3) días...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba