Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, 12 de Septiembre de 2014, expediente 76488/2013

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2014

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:76488/2013

AUTOS: “ DESTEFANI LAURIO HEDELVIO Y OTROS C/ESTADO NACIONAL-

MINISTERIO DE DEFENSA S/RECURSO DE QUEJA"

SALA I - CFSS

SENT. INT. N° 94023

BUENOS AIRES, 12 de septiembre de 2014

AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones en virtud del recurso de queja interpuesto por apoderado del Instituto de Ayuda Financier (IAF), contra la resolución cuya copia obra a fojas 11, que denegó el recurso de apelación deducido (fojas 10).

    Dicha queja reúne los requisitos formales de admisibilidad exigidos en los artículos 282 y 283 del digesto procesal.

  2. A fojas 19 se requirió “ad effectum videndi” las actuaciones principales que corren agregadas por cuerda.

  3. Así las cosas, del estudio de los autos principales surge que a fojas 337 se aprobó la liquidación practicada por la actora (fs. 327/328) que no fue objetada por la demandada y, tras haber intimado al IAF para que deposite las sumas (fs, 341 y 345)

    sin que la obligada diera cumplimiento a lo dispuesto, a fojas 356 se dispuso el embargo de sumas. Ante ello, el IAF solicita levantamiento de embargo, denegado a fojas 370 y el recurso de apelación interpuesto en consecuencia, fue oportunamente rechazado (fs. 381).

    Así las cosas, y lo expresamente dispuesto por el artículo 560 del digesto procesal, resulta ajustado a derecho...

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