Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 28 de Agosto de 2020, expediente FPA 018433/2017/CA001

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 18433/2017/CA1

raná, 28 de agosto de 2020.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “DESPOSITO, D.O.

CONTRA ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE SEGURIDAD SOBRE

SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”, Expte. N° FPA

18433/2017/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay; y,

CONSIDERANDO:

I- Que, vienen estos actuados a consideración del Tribunal en virtud del recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada en fecha 24/06/2020, contra la sentencia de este Cuerpo dictada el día 23/06/2020, que rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y confirmó la sentencia atacada e impuso las costas en el orden causado, reguló honorarios y tuvo presente las reservas del caso federal efectuadas.

La sentencia apelada, en lo que aquí interesa, hizo lugar a la acción incoada y condenó a la demandada a abonar con carácter remunerativo y bonificable los suplementos y la suma fija prevista en el decreto Nº1307/12, dentro del concepto haber mensual de los accionantes.

La parte actora contesta agravios en fecha 21/07/2020

y en igual fecha presenta escrito y solicita la habilitación de lo dispuesto en el art. 258 del C.P.C. y C. a los fines de la ejecución de sentencia y ofrece caución juratoria y quedan los autos en estado de resolver el 06/08/2020.

II-

  1. Que, la impugnante, sustenta su recurso en lo dispuesto por el art. 14 de la ley 48. Sostiene que la Fecha de firma: 28/08/2020

    Alta en sistema: 31/08/2020

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    decisión apelada proviene del superior tribunal de la causa y reviste carácter de sentencia definitiva.

    Afirma que existe cuestión federal ya que el conflicto gira en torno de la interpretación de normas de derecho federal.

    Alega la arbitrariedad de la sentencia dictada ya que la misma no constituye una aplicación razonada de la normativa vigente que nos ocupa.

  2. Que la parte actora, al contestar agravios,

    solicita se rechace el recurso con costas.

    III- Que, la recurrente ha cumplido con los requisitos formales de reserva de la cuestión federal e interposición en término. De la lectura del caso de marras se advierte que se cuestiona la inteligencia de normas federales, por lo que corresponde analizar su viabilidad en cuanto a la materia de la cuestión traída a estudio, es...

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