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Fecha de la disposición 6 de Julio de 2023

Acta de asamblea WELL.COM S.R.L. En la Ciudad de Mendoza, a los 14 días del mes de junio del año 2023 a las 19.00 horas, en la sede social de la empresa WELL.COM S.R.L. sita en calle San Juan n° 812 Ciudad Mendoza se reúnen la totalidad de los socios: 1) Sr. FABIAN BLANDINI, titular de 50 cuotas parte que representan el 33,33% del capital social y 2) la Sra. ANDREA VERONICA SAN VICENTE, DNI 92.491.542, titular de 100 cuotas parte equivalentes al 66,66% del capital social a los efectos de tratar los puntos que conforman el Orden del Día: 1) Tratamiento de la observación realizada por la Dirección de Personas Jurídicas de Mendoza sobre el pedido de presentación de la notificación que debió formalizar la Sra. MARIA BARBARA ALONSO a la socia Andrea Verónica San Vicente de la decisión de ceder sus cuotas sociales. Toma la palabra la Sra. Andrea Verónica San Vicente y expresa que tomó debido conocimiento en tiempo y forma permitiéndole ejercer sus derechos oportunamente. Que la prueba de ello es que firmó el contrato de cesión de cuotas sociales adquiriendo el 50% de las acciones cedidas e incrementando su participación del 33% al 66% en consecuencia, propone se ponga en conocimiento del organismo el contenido de esta acta de asamblea para que se tenga por subsanada la observación. Cedida la palabra al Sr. Fabián Blandini asiente la moción y se resuelve por unanimidad presentar esta acta de asamblea a los efectos de que se tenga por subsanada la observación con las expresiones vertidas por la socia Andrea Verónica San Vicente en este acto ratificatorias del contenido del contrato de cesión de cuotas partes del que surge que la única socia interesada ha reconocido la oportuna notificación. 2) Inscripción de la modificación del artículo quinto del estatuto social con motivo de la cesión de cuotas sociales según contrato de transferencia onerosa de cuotas partes de WELL.COM S.R.L. de fecha 15 de abril del año 2019. Toma la palabra la Sra. Andrea Verónica San Vicente y explica que presentado el pedido de inscripción en la Dirección de Personas Jurídicas de Mendoza se ha observado que la cesión implica una modificación al artículo quinto del estatuto social y que se debe cumplimentar los recaudos exigidos para dicho trámite, propone modificar el artículo quinto en los siguiente términos: “QUINTO: El capital de la sociedad se fija en la suma PESOS de QUINCE MIL ($ 15.000,00), dividido en ciento cincuenta (150) cuotas de PESOS CIEN (100,00), de acuerdo...

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