Derecho Penal. Parte General

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SECCIÓN II
JURISPRUDENCIA LOCAL
Coordinadores: abog. Carlos Human y abog. Federico Arrué
I
Derecho Penal. Parte General
Sumario
§1.- Tribunal en lo Criminal nro . 1, causa Nº 259/08, caratulada: “Bosso,
Augusto Jesús s/ r obo agravado por uso de arma de fuego y portación
ilegítima de arma de fuego de uso civil”, rt a. 17 de marzo 2009. Tentativa:
no se consuma el hecho si de sde su comisión los agentes tuvieron tiempo más
que suficiente, como también independe ncia para disponer de los bienes.
§2.- Tribunal en lo Criminal nro. 1, causa Nº 297/08, caratulada:
“Becerra Silva, J uan Adolfo s/ ro bo calificado y v iolación de domicilio”,
rta. 18 de marzo 2009. Tenta tiva: no se con suma el hecho en atención a la
falta de libre d isposición de los bienes su straídos por los autores en tanto se
mantuvieron, a p artir de la persecución d e la víctima, en la esfera de
dominio de este.
§3.- Tribunal en lo Criminal nro. 2, causa Nº 439/07, “Reiser, Jorge
Siomar s/ robo”, rta. 13 de diciembre 2007. Agravante d el art. 41 quater
C.P. télesis: dar respuesta a la sociedad frente a la participación en los
delitos cometidos po r mayores y menores por la s ensación de impunidad que
la sanción de los menores gen era, y por otro inte ntar, ante esta
incorporación legislativa, evitar que los mayores utilicen para la co misión
de delitos a menores de modo de proteger a estos últimos. La influencia del
mayor sobre el menor es “un he cho” y como tal debe probarse para la
aplicación del agravante.
§1.- Te ntativa: se consuma el hecho si desde su comisión
los agentes tuvieron tiempo más que suficiente, como
también independencia para disponer de los bienes.
“...no voy a com partir la calificación en lo s términos en que lo propugnara la
Señora Defensora Oficial... al e ntender la falta de consumación del robo. Q ue
más allá, de la discusión en torno al recupero de la casi totalida d de los
efectos, como del dinero sustraído, lo cierto es que los encartados dispusiero n
libremente de l os mismos, durante a l menos un par de horas... En este orden
de ideas, n o resulta menor destacar la importante distancia en kilómetros,
desde el lugar del hecho, en que los e ncartados fueron aprehendidos , con lo
cual, no puede sostenerse que los mi smos, se encontraban a una distancia
mínima del domicilio del señor Alonso, o que no habrían salido del lu gar del
hecho.
“Por otra parte, únicamente se debe a la efectiva actuac ión de l os
funcionarios prev entores, quienes actuaron a partir de la denuncia con

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