Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 1, 23 de Septiembre de 2013, expediente 9011/13

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorSala 1

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 64603 CAUSA NRO.

9011/13

S/AUTOS: “UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES

C/ FEDERACION DE ASOCIACIONES CATOLICAS DE EMPLEADAS S/ EJECUCION

FISCAL”

JUZGADO NRO. 43 SALA I

Buenos Aires, 23 de SEPTIEMBRE de 2013

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 28 por el letrado de la parte actora, contra el pronunciamiento de fs. 27, por considerar reducidos sus honorarios.

Y CONSIDERANDO:

Teniendo en cuenta el mérito y la extensión de los trabajos realizados,

facultades conferidas al Tribunal por el art. 38 L.O., arts. 6, 7, 8,19, 37 y 40 de la Ley 21.839 y normas arancelarias de aplicación, no lucen reducidos los honorarios del letrado, por lo que corresponde sean mantenidos.

Por todo ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios apelados.

R., notifíquese, comuníquese (art.4º, Acordada CSJN Nº 15/13)

y devuélvase.

Ante mí:

En de de , se dispone el libramiento de cédulas.

CONSTE.

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