Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, 6 de Noviembre de 2017, expediente FCB 005883/2016/CA001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B FCB 5883/2016/CA1 doba, 06 de noviembre de 2017.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “GOMEZ, L.A.S./

falso testimonio” (FCB 5883/2016/CA1), venidos a conocimiento de la Sala “B” de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto con fecha 24.08.2017 por el doctor J.C.P., en representación del querellante R.R.G., en contra de la resolución del señor Juez Federal de Río Cuarto, dictada con fecha 17.08.2017, en cuanto dispuso: “RESUELVO: 1°)

Desestimar la presente denuncia y en consecuencia proceder al archivo de las actuaciones (art.180, 3° párrafo del C.P.P.N), sin más trámite, tomando razón mesa de entrada y salida de expedientes, conforme lo considerado.”

Y CONSIDERANDO:

El señor Juez de Cámara doctor A.G.S.T. dijo:

  1. Se presenta a la Sala la cuestión a resolver sobre el recurso de apelación interpuesto por el doctor J.C.P., en representación del querellante R.R.G., en contra de la resolución del señor Juez Federal de La Rioja dictada con fecha 17.08.2017, cuya parte resolutiva fuera precedentemente transcripta.

  2. Arribadas las actuaciones a este Tribunal, mediante proveído de fecha 20.09.2017 se ordenó notificar a las partes a los efectos de que manifiesten ante esta Alzada, en el término de tres días hábiles, su intención de informar por escrito o en forma oral en los términos del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación y de conformidad con lo resuelto por Acuerdo N° 276/2008.

    El proveído reseñado fue notificado al doctor J.C.P. con fecha 21.09.2017, según constancia Fecha de firma: 06/11/2017 actuarial obrante a fs. 50 vta.

    Alta en sistema: 23/11/2017 Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: L.R.R., Juez de Cámara Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO , Secretaria de Cámara #28140396#191498699#20171106134645511

  3. Seguidamente, con fecha 28.09.2017 el Tribunal dictó la providencia obrante a fs. 50 mediante la cual se ordenó notificar a las partes a los efectos de que presenten informe por escrito dentro del término de cinco (5) días hábiles desde su notificación, ello bajo apercibimiento de tener por desistido el recurso con la no presentación del informe en el plazo estipulado.

    Dicho proveído se notificó al doctor J.C.P. con fecha 28.09.2017, según constancias obrantes a fs. 52.

  4. Que desde la última fecha mencionada ha transcurrido en exceso el plazo de 5 (cinco) días hábiles, que prescribe el punto 1°...

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