Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 19 de Septiembre de 2023, expediente CNT 012315/2018/CA003

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2023
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA IV

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 70.666 CAUSA Nº12315/18 SALA IV

“D.A.M. Y OTROS C/ ADMINISTRACION NACIONAL DE

LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES S/ DIFERENCIAS DE SALARIOS“ JUZGADO

Nº20

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2023

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada por considerar elevados los honorarios fijados a las representantes de la parte actora por su desempeño en los presentes actuados en la etapa de ejecución, mientras que los profesionales los cuestionan por bajos;

Y CONSIDERANDO:

Que cabe señalar que en el presente no hubo labor propia de ejecución,

pues la accionada hizo efectivo el pago con anterioridad a que la parte debiera instar medidas compulsivas de cobro, y las presentaciones realizadas fueron de mero trámite.

Que sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta, el mérito, extensión de las tareas realizadas y lo dispuesto por el art. 38 L.O. y demás normas arancelarias vigentes, los honorarios regulados a las Dras. A. e I. resultan elevados, por lo que corresponde reducirlos a la suma de $36.000 -equivalente a 1,8 UMAS- (valor UMA -$19.338- contemplado a la fecha de la regulación, conf. art. 51 de la ley 27.423).

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

Reducir los honorarios establecidos a la representación letrada de la parte actora a la suma de $36.000 -equivalente a 1,8

UMAS-.

C., regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvanse.

S.E.P.V.H.C.G.J. de Cámara Juez de Cámara ANTE MI:

J.A.F.P.L.F. de firma: 19/09/2023

Alta en sistema: 21/09/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

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