Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 23 de Mayo de 2022, expediente COM 018912/2021/CA001
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
18912/2021 - DELGADO, A.E. c/ AEROLINEAS
ARGENTINAS S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
Juzgado N° 28 - Secretaría N° 55
Buenos Aires, 23 de mayo de 2022.
Y VISTOS:
-
Las demandadas apelaron la resolución de fs. 158 que rechazó las excepciones de incompetencia que dedujeron. Sus memoriales corren a fs. 172/73
(Avantrip.Com SRL) y a fs. 206/10 (Aerolíneas Argentinas SA), los que fueron contestados por el actor a fs. 187/88 y 233/35.
-
Los argumentos del dictamen fiscal de fs. 244/48 que esta sala comparte y a los que cabe remitirse por razones de brevedad argumental, son suficientes para rechazar los recursos.
A efectos de determinar la competencia, cabe estar a los hechos invocados en el escrito de demanda (CSJN, in re “S., B.M.c.V.,
R.A., del 24.03.88; Fallos 311:327; idem in re “Manliba SA c/ CEAMSE”,
del 6.12.88; Fallos 311:2607; idem in re “Pefow SA c/ YPF s/ cobro de australes”,
del 2.10.90; Fallos 313:971, CNCom., esta Sala in re “C., J. y Otro c/
United Airlines Inc. s/ Sumarísimo” del 13.08.18).
En el caso, el actor reclamó la devolución de las sumas abonadas en concepto de pasajes aéreos y el resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual que imputó a las codemandadas (v. demanda de fs. 2/20).
Resulta competente la Justicia Comercial, para entender en esta acción,
por tratarse de materia netamente mercantil que vincula a personas que revisten la calidad de comerciantes -al menos la accionada- y no es encuadrable en las disposiciones del Código Aeronáutico (CNCom., esta Sala in re “Scandinavian Airlines System SA c/ Maris Turismo SA” del 30.07.81 idem in re "Rovinet Turismo SRL c/ Cía. Azucarera Las Palmas SAICA" del 28.12.88; idem in re "Costa Cruceros SA c/ Ristour Operadores Mayoristas SA s/ ordinario" del 29.10.99; idem in re “Montini, F.S. c/ Iberia Líneas Aéreas SA y otro s/ ordinario" del 30.04.14; idem in re “P., C.M. c/ United Airlines Inc. y otro s/
sumarísimo” del 26.11.20; idem in re “N., M.S. y otro c/ Iberia SA y Fecha de firma: 23/05/2022
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
otro s/ ordinario” del 18.02.22), sin perjuicio de que alguna de sus normas pueda resultar aplicable (CNCom., esta Sala in re “S., S.A. c/ Llubina SRL y Otros s/ Ordinario” del 22.12.16; idem in...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba