Decretos

Fecha de publicación28 Noviembre 2022
Número de Gaceta27499
SecciónSección Administrativa
Paraná, lunes 28 de noviembre de 2022
BOLETIN OFICIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRET O Nº 8 34 MEHF
VISTO:
La situación de desiguald ad salarial del personal de la Dirección General de Liquidaciones y Control de Haberes;
y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 2828/17 MEHF, se extendió a los Agentes del Departamento Informático de dic ha Dirección
General, el Adicion
al cr eado p or el Decreto Nº 3 507/10 MEHF y modificado por el Artículo 21º del Decreto Nº
1113/21 MEHF;
Que si bie n dicha e xtensión, por las tareas específicas realizadas, resulta justa y razonable, ha creado una
asimetría en las remuneraciones que percibe
Que las tareas realizadas por la Dirección General de Liquidaciones y Control de Haberes, involucran todos los
haberes no solo del Poder Ejecutivo Provincial y sus dependencias, sino también los Poderes L egislat
Judicial;
Que esta transversalidad, torna dicha tarea compleja y crítica dado que está e n juego todas las remuneraciones
del Sector Público Provincial y las mismas se deben realizar en plazos perentorios;
Que no existe posibilidad de dilación alguna
mayoría de las decisiones en cuanto a política salarial, surgen de forma intempestiva, en el caso, p or ejemplo, de
un Acuerdo Salarial;
Que la ejecución de tareas en tiempo y forma no di
impacta de forma directa en gran porcentaje de los fondos del gasto público provincial;
Que se reconocen las características propias de las actividades desarrolladas;
Que es decisión del Poder Ejecut
ivo, otorgar un complemento al monto del Adicional Especial Decreto Nº
1856/10MEHF (Código 138), que compense la permanente disposición d el Personal de la Dirección y corrija la
inequidad existente;
Que dicho complem ento se calculará sobre la base estable
tareas establecidas en el Anexo I;
Que conforme a lo mencionado y a fin de evitar las asimetrías existentes, este complemento es incompatible con
el Adicional creado por Decreto Nº 3507/10 MEHF y modificado
MEHF y los que en el futuro lo modifiquen;
Que la percepción de este complemento, implica la obligación para los agentes que la perciban, la prestación de
hasta 22 horas mensuales, adicionales a la Jornada Norm
Que habiendo analizado la proyección presupuestaria y financiera, es factible otorgar el complemento detallado;
BOLETIN OFICIAL
/ Sección Administrativa
DECRETOS
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Paraná, 19 de abril de 2022
La situación de desiguald ad salarial del personal de la Dirección General de Liquidaciones y Control de Haberes;
Que por Decreto Nº 2828/17 MEHF, se extendió a los Agentes del Departamento Informático de d icha Dirección
al cr eado por el Decreto Nº 3507/10 MEHF y modificado por el Artículo 21º del Decreto Nº
Que si bie n dicha e xtensión, por las tareas específicas realizadas, resulta justa y razonable, ha creado una
asimetría en las remuneraciones que percibe
n los demás agentes de la misma Repartición;
Que las tareas realizadas por la Dirección General de Liquidaciones y Control de Haberes, involucran todos los
haberes no solo del Poder Ejecutivo Provincial y sus dependencias, sino también los Poderes Legislat
Que esta transversalidad, torna dicha tarea compleja y crítica dado que está e n juego todas las remuneraciones
del Sector Público Provincial y las mismas se de ben realizar en plazos perentorios;
Que no existe posibilida d de dilación alguna
en la ejecución de las tareas inherentes a dicha Dirección, ya que la
mayoría de las decisiones en cuanto a política salarial, surgen de forma intempestiva, en el caso, p or ejemplo, de
Que la ejecución de tareas en tiempo y forma no di
scrimina días ni horarios y la óptima toma de decisiones
impacta de forma directa en gran porcentaje de los fondos del gasto público provincial;
Que se reconocen las características propias de la s actividades desarrolladas;
ivo, otorgar un complemento al monto del Adicional Especial Decreto Nº
1856/10MEHF (Código 138), que compense la permanente disposición del Personal de la Dirección y corrija la
Que dicho complement o se calculará sobre la base estable
cida po r el Decreto Nº 1856/10 MEHF, y según las
Que conforme a lo mencionado y a fin de evitar las asimetrías existentes, este c omplemento es incompatible con
el Adicional creado por Decreto Nº 3507/10 MEHF y modificado
por los Decretos Nº 2827/17 MEHF y Nº 1113/21
MEHF y los que en el futuro lo modifiquen;
Que la percepción de este complemento, implica la obligación para los agentes que la perciban, la prestación de
hasta 22 horas mensuales, adicionales a la Jornada Norm
al, sin costo para la Administración;
Que habiendo analizado la proyección presupue staria y financiera, es factible otorgar el complemento detallado;
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Paraná, 19 de abril de 2022
La situación de desigualda d salarial del personal de la Dirección General de Liquidaciones y Control de Haberes;
Que por Decreto Nº 2828/17 MEHF, se extendió a los Agentes de l Departamento Informático de dich a Dirección
al creado por el D ecreto Nº 3507/10 MEHF y modificado por el Artículo 21º del Decreto Nº
Que si bien dicha ext ensión, por las tareas específicas realizadas, resulta jus ta y razonable, ha creado una
Que las tareas realizadas por la Dirección General de Liquidaciones y Control de Haberes, involucran todos los
haberes no solo del Poder Ejecutivo Provincial y sus dependencias, sino también los Poderes Legislat
ivo y
Que esta transversalidad, torna dicha tarea compleja y crítica dado que está en juego todas las re muneraciones
en la ejecución de las tareas inherentes a dicha Dirección, ya que la
mayoría de las decisiones en cuanto a po lítica salarial, sur gen de forma intempestiva, en el caso, p or ejemplo, de
scrimina días ni horarios y la óptima toma de decisiones
ivo, otorgar un complemento al monto del Adicional Especial Decreto Nº
1856/10MEHF (Código 138), que compense la permanente disposición del Personal de la Dirección y corrija la
cida p or el Decreto Nº 1856/10 MEHF, y según las
Que conforme a lo mencionado y a fin de evitar las asimetrías existentes, este complemento es incompatible con
por los Decr etos Nº 2827/1 7 MEHF y Nº 1113/21
Que la percepción de este complemento, implica la obligación para los agentes que la perciban, la prestación de
al, sin costo para la Administración;
Que habiendo analizado la proyección presupues taria y financiera, es factible otorgar el complemento detallado;

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