Decretos

Fecha de publicación24 Agosto 2023
Número de Gaceta27677
SecciónSección Administrativa
Paraná, jueves 24 de agosto de 2023 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa 1
DECRETOS
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DECRE TO Nº 1077 MDS
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Paraná, 27 de abril de 2023
VISTO :
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social por la Subsecretaría de
Fortalecimiento de las Organizaciones Sociales, y
CONSIDERAN DO:
Que mediante las mismas interesa la prórroga para el presente ejercicio 2023, del Programa que adjunto se
anexa denominado “Acción Colectiva”, en el que se detallan Introducción, O bjetivos Generales y Específicos,
Fundamentación, Órgano de Ejecución, Población Destinataria, Lineas de Trab ajo, Financiamiento, Modalidad de
implementación y Posibles erogaciones a efectuar, lle vando agregados los Anexos I, II, III, IV y V re spectivamente;
Que podemos citar que el programa tiene como objetivos generales: el de promover espacios de encuentro e
intercambio entre las organiza ciones sociales de la comunidad, fomentar la construcción de lazos sociales y de
solidaridad entre los actores sociales, fortalecer los mecanismos de constru cción de identidad es colectivas en las
que las organi zaciones sociales se reconozcan con sus intereses, necesidades, particularidades y similitudes,
fomentar la articulación entre el estado con las organizaciones de la comunidad e instituciones del territorio
provincial;
Que asimismo sus objetivos específicos son: generar redes territoriales y redes temáticas de trabajo y
organización, fortalecer los capitales de las organizaciones de la comunidad, vía capacitaciones y en cuentros
donde fluya el diálogo e intercambio de experiencias y saberes, crear un mapa social interactivo como herramienta
de visibilización y socialización de su trabajo en el territorio, generar una agenda de las organizaciones de la
comunidad, que contemple los diferentes recursos, organizaciones, instituciones que aporten a los intereses de los
sujetos reunidos colectivamente, construir y fortalecer los canales comunicacionales entre el estado y
organizaciones institucionales de la sociedad, fomentar y reconocer el derecho a la accesibilidad d e los sujetos en
todas las dimensiones de la sociedad (salud, educación, cultura, etc.), difundir los programas de la Subsecretaría y
del Ministerio, para que las organizaciones de la provincia se apropien de dicha información;
Que la población d estinataria son las organizaciones sociales de la Provincia de Entre Ríos, incluyendo tanto las
formalmente constituidas como las que no, debiendo las mismas acreditarse bajo la figura de grupos asociativos, y
por otro, a las tramas organizativas;
Que para la ejecución de las distintas Líneas de Trabajo del Programa se ha previsto una inversión de pesos do s
millones seiscientos mil ($ 2.600.000), con el objeto de financiar las diferentes transferencias en base a los
proyectos seleccionados como así también a efectuar , conforme la normativa vigente, la contratación de servicios
de transporte, alquileres, catering, sonido y demás cuestiones estipuladas en el mismo, los cuales estarán sujetos
a rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia;
Que al respecto el Sr. Subsecret ario de Fortalecimiento de las Organiza ciones Sociales informa que si bien no se
han introducido modificaciones sustanciales al programa, si se desestiman para el pre sente ejercicio 2023 dos (2 )
líneas de financiamiento a saber “Creación de un mapa social virtual interactivo” y “Realización de encuentros de
Acción Colectiva”, por la falta de demanda en estas ár eas;
2 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa Paraná, jueves 24 de agosto de 2023
Que en tal sentido la Subsecretaría de Admi nistración del Ministerio de Desarrollo Social, practicó la reserva
preventiva de los fondos con la pertinente intervención de la Contaduría General de la Provincia;
Que ha tomado intervención de competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos, a consejando el dictado
de la norma que disponga la prórroga del Programa, encuadrando el mismo, en el marco del Decreto N° 2139/19
MDS y prorrogado por los Decretos N°822/20 MDS, N°900/21 MDS y 482/22 MDS;
Por ello;
El Go bernador de la Pro vincia
D E C R E T A :
Artículo 1°.- Apruébase para el presente ejercicio 2023, el Programa “ACCION Colectiva”, que adjunto forma
parte integrante del presente, en el que se detallan Introducción, Objeti vos Generales y Específicos,
Fundamentación, Órgano de Ejecución, Población D estinataria, Líneas de Trabajo, Financiamiento, Modalidad de
implementación y Posibles erogaciones a ef ectuar, llevando agregados los Anexos I, II, III, IV y V respectivamente,
el cual será ejecutado a través de la Subsecretaría de Fortalecimient o de las Organizaciones Sociales,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, la que estará a cargo de la selección de las distintas Líneas de
Trabajo que en el mismo se proponen.-
Artículo 2°.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a invertir hasta la suma total de pesos dos millones
seiscientos mil ($ 2.600.0 00), en la ejecuc ión del Programa “Acc ión Colectiva”, durante e l Ejercicio Presupuestario
2023, y a disponer la a probación y pago de las sumas que correspondan a favor de las propuestas seleccionadas,
facultando a la Sra. Ministra del Área al dictado de Re soluciones que los apruebe, tod o con cargo de rendir cuenta
ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3°.- Impútese el gasto con cargo a los siguientes créditos del Presupuesto vigente: D A 959- Carácter 1-
Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00- Entidad 0000- Programa 18-Subprograma 00- Pro yecto 00- Actividad 01-
Obra 00- Finalidad 3- Función 20- Fuente dé Financiamiento 11- Subfuente de Financiamiento 0001- Inciso 5-
Partida Principal 1/2- Partida Parcial 7/4- Partida Subparcial 0000- Departamento 84- Ubicación Geográfica 07.-
Artículo 4°.- Autorízase a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional a emitir Ordenes de Pago con sus
respectivas Solicitudes de Fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a efectuar los pagos y/o
transferencias de fondos resultantes de acuerdo a la n orma legal e impositiva vigente en la materia.-
Artículo 5°.- Déjase establecido que la Subsecretaría de Fortalecimiento de las Organizaciones Sociales será la
responsable de que los proyectos seleccionados y, que resulten beneficiarios del Programa, encuadren dentro de
los criterios de selección definidos y de que cumplimenten la totalidad de requisitos solicitados, manteniendo a
resguardo la documental relacionada a los mismos, conforme a la normativa vigente, siendo responsab le
asimismo del estricto cumplimiento de las obligaciones y plazos estipulados en el mismo del seguimiento de los
proyectos seleccionados en el marco del programa que se aprueba por el presente-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo
Social.-
Artículo 7°.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
GUSTAVO E. BORDET
Marisa G. Paira
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DECRE TO Nº 1101 M DS
Paraná, 27 de abril de 2023
Adscribiendo a prestar servicios en el ámbito de la Caja de Jubil aciones y Pensiones de la Provincia de Entre
Ríos, a la agente Laureana Yolanda Gómez, Legajo N° 171.544, MI N° 28.331.682, personal de la Planta
Permanente de la Dirección de Integración Comunitaria del Minister io de Desarrollo Social, a partir del 01.01.23 y
por el término de un año, de conformidad con lo expre sado en el presente decreto.-
La Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a través del Área correspondiente de berá
presentar la documental que acredite la efectiva prestación de servicios por parte de la agente ante la
Coordinación Técnica y Administrativa de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social.-

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