Decretos

Fecha de publicación20 Abril 2023
Número de Gaceta27594
SecciónSección Administrativa
2 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa Paraná, jueves 20 de abril 2023
DECRETOS
GOBERNACION
DECRE TO Nº 987 GO B
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Paraná, 20 de abril de 2023
VISTO :
Los artículos 210°, 211°, 213°, 214° y 217° de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, la Ley N° 10.436 y el
reglamento dispuesto mediante Decreto N° 814/23 GOB; y
CONSI DERANDO:
Que el artí culo 217° de la Constitución de Entre Ríos establece q ue el n ombramiento del Contador General, del
Tesorero y l os miembros del Tribunal de Cuentas, que no tengan otra forma prevista por esta Constitución, y sus
Fiscales, se debe realizar previo concurso público; y
Que la Ley N° 10.436 ha reglamentado la referida disposición constitucional estableciendo las condiciones
generales en que se sustanciará el Concurso Público para cubrir las vacantes mencionadas; y
Que el Decreto N° 814/23 GOB reglamenta la ley N° 10.436, lo que completa la normativa que regirá el
procedimiento a cumplir; y
Que, a la fecha, los cargos de Contador General de la Provincia, Tesorero General, Vocal N° 1 de Cuentas y
Fiscal de Cuentas N° 6, los dos últimos del Tribunal de Cuentas de la Provincia, se encuentran en condiciones
legales de ser cubiertos mediante el concurso público que se ordena por el presente; y
Que, atendiendo a cuestiones de economía procedimental y a la profesión exigida para cubrir estos cargos
(Contador Público Nacional) se considera conveniente disponer la conformación de un único Jurado de Concurso
que intervendrá en cada uno manteniendo la independ encia entre ellos; y
Que del artículo 3° inciso 2° de la Le y N° 10.436, surge que los mi embros del jurado de los concursos
respectivos, deben ser representativos de las entidades profesionales a las que, en cada caso, deban pertenecer
los postulantes para cubrir las vacantes; y
Que el Poder Ejecutivo, de conform idad con la citada ley, procedió a convocar a los distintos estamentos para la
remisión de un listado de propuestos a fin de la conformación de los jurados de los concursos; y
Que, de acuerdo a la Le y N° 10.436 y el Decreto N° 814/23 GOB, corresponde conformar un Jurado con base en
las nóminas enviadas por los estamentos participantes, y designar su Presidente; y
Que el Consejo de la Magistratura mediante Expte. R U N° 2.741.813/22, solicitó el envío de listados de
candidatos a integrar jurados según los plazos establecidos en la Ley 10.436 y en respuesta a dicha solicitud
remitieron nóminas el Consejo Profesional de Ciencias Económ icas, la Facultad de Ciencias Económicas de la
Universidad de Concepción del Uruguay y la Faculta d de Ciencias Económicas de la Universidad Na cional de
Entre Ríos; y
Que el citado organismo, mediante Resolución N° 294/23 PCMER, concretó la apertura del Registro de
Asociaciones Civiles a los efectos de integrar el jurado de concurso para el nombramiento de las autoridades de
los órganos autónomos de control, sin que a la fecha se ha ya verificado inscripción alguna, por lo que resulta
aplicable la previsión contenida en el tercer párrafo del Artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 814/23 GOB; y
Que, s egún lo ordenado por el artículo 2° de la Ley N° 10.436, el Jurado de Concurso será convocado por el
Poder Ejecutivo, designando en e l mismo acto su repr esentante, correspondien do además convocar a Concurso
Público de Oposición y Antecedentes para cubrir las vacantes de los cargos antes mencionados;
Paraná, jueves 20 de abril de 2023 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa 3
Por ello;
El Go bernador de la Provincia
D E C R E T A :
Articulo 1º .- Convóc ase a Con curso Público de Antecedentes y Oposición a fin de cubrir un (1) cargo vacante
para contador público correspondiente a: Un (1) carg o de Vocal N° 1 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Entre Ríos.-
Articulo 2º.- Convócase a Concurso Público de Antecedentes y Oposición a fin de cubrir un cargo vacante para
contador público correspondiente a: un (1) cargo de Fiscal de Cuentas N ° 6 del Tribunal de Cue ntas de la
Provincia de Entre Ríos.-
Articulo 3º.- Convócase a Concurso de Antecedentes y Oposición a fin de cubrir un (1) cargo para Contador
Público correspondiente a: un (1) cargo de Contador G eneral de la Provincia.-
Articulo 4°.- Convócase a Concurso de Antecedentes y Oposición a fin de cubrir un cargo para Contador Público
correspondiente a: un (1) cargo de Tesorero Genera l de la Provincia.-
Articulo 5°.- Dispóngase q ue el Jurado Evaluador estará integrado de la siguiente manera: Presidente del Jurado
y representante del Poder Ejecutivo: Dr. Miguel Angel Arrúa Gobo; por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas el Contador Osvaldo Jorge Díaz y el Contador Luis Miguel Márquez; por los estamentos académicos
el Contador Carlos María Retamar y el Conta dor Juan Ramón Kam lofsky; y por las A sociaciones Civiles la Se ñora
Carla Cusimano (VIDAER) y el Señor Exequiel Ricardo Salvador (Equal Asociación Civil).-
Articulo 6°.- Ordénese la publicación de los llamados a concurso para la cobertura de los cargos referidos en los
artículos 1° a 4° d el presente. Conforme las previsiones estipuladas en el artículo 10° del Anexo I del Decreto N°
814 GOB, las publicaciones de llamados a concursos, se realizarán con una anticipación no menor a quince ( 15)
días de la fecha de apertura del p eríodo de inscripción de los postulantes, mediante la publicación por un (1) día
en el Boletín Oficial y en uno o varios medios de comunicación de amplia circulación en la Provincia de Entre Ríos.
La convocatoria también se efectuará en las páginas web d el Gobierno de la Provincia.-
Articulo 7°.- Dispóngas e que la fecha de apertura del período de inscripción de los postulantes tendrá lugar el
primer día hábil posterior al cumplimiento del plazo de 15 días hábiles desde la última publicación de los llamados
a concursos ordenada en el artículo precedente. El período de inscripción se extenderá durante quince (15) días
hábiles, término por el cual se recepcionarán en el horario de ocho (8) a doce (12) los formularios de inscripción y
documental acreditante en la sede del Consejo de la Magistratura sito en calle Alameda de la Federación N° 471
de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos. Las solicitudes de inscripción deberán confeccionarse conforme
lo previsto en los artículos 20° a 26° del Decreto N° 814/23 GOB.
La documental acreditante de antecedentes deberá ser presenta da en una carpeta en soporte papel con copia
debidamente certificada. Se dispondrán copias de la Le y N° 10.436, su Decreto Reglamentario N° 814/23 y del
presente D ecreto para su entrega a los postulantes, a partir de la fecha de publicación del presente y hasta el
último día de inscripción a los concursos, así como su publicación en la página web de la Provincia.-
Articulo 8°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Mi nistra Secretaria de Estado de Gobierno y
Justicia y por el Señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.-
Articulo 9°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese.-
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
Hugo A. Ballay
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRET O Nº 4 031 MGJ
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Paraná, 23 de noviembre de 2022
VISTO :
La gestión promovida por la Jefatura de Policía de la Provincia, a través de la Nota D.A.G. N° 53, de fecha 01 de
julio de 2022; y

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