Decreto 717 / 2009. Decreto Sintetizado del 26 de Marzo de 2009. Aviso Nro: 8510

Fecha de la disposición27 de Marzo de 2009
Número de Boletín27004
Fecha de Publicación27 de Marzo de 2009

DECRETO N° 717/3 (ME), del 26/03/2009. Expte. N° 217/369-D-2009. VISTO el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 206/2009 del 19 de marzo y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 14/3(ME) del 23 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia Provincial N° 14/3(ME) se adhiere la Provincia al régimen establecido por Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 206/2009. Que es necesario reglamentar las disposiciones del Decreto Nacional en materia de recepción, aplicación y rendición de los fondos recibidos. Que los recursos del Fondo Federal Solidario deben ser destinados exclusivamente a los fines previstos en la norma nacional mencionada. Que se hace necesario establecer un mecanismo de distribución de los recursos hacia los Municipios. Que el Gobierno de la Provincia fijará los controles pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa en cuestión por parte de los distintos Municipios y Comunas. Que corresponde dictar la pertinente medida administrativa. Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 10, Dirección General de Presupuesto a fs. 11, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 567 del 25 de marzo de 2009 adjunto a fs. 12 de estos actuados, El Gobernador de la Provincia DECRETA:

Artículo 1°

Dispónese que los recursos provenientes del Fondo Federal Solidario, serán destinados a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial, con expresa prohibición de utilizar las sumas recibidas para el financiamiento de gastos corrientes. Art. 2°- Autorízase a la...

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